Cali, mayo 19 de 2026. Actualizado: viernes, mayo 15, 2026 21:46
Por: Luz Mary Tello C.
Coordinadora de Auditoría y
Consultoría TI
CPAAI CABRERA INTERNATIONAL S.A.
Según estadísticas del año pasado, en Colombia la piratería se encuentra alrededor de un 55%, donde por cada copia que se compre se realiza una copia ilegal. La piratería de software es un delito que consiste en la reproducción de una copia total o parcial de un software, obras literarias, música, prendas, películas, entre otras, en medios como Internet, CD, DVD, discos magnéticos, memorias USB, con el fin de distribuirlos al público sin autorización ni licencia del titular del derecho, obteniendo una ganancia de los mismos. En Colombia, se consigue toda clase de estos productos y por un costo muy inferior al valor de los mismos, el cual se ha extendido a todos los niveles del mercado; en el caso de las películas, se consiguen aún las que no han sido estrenadas o publicadas en las carteleras del cine colombiano; por eso nos encontramos dentro de los países de mayor índice de piratería; lo cual representa pérdidas económicas significativas para la industria.
Esta facilidad ha llevado a que la gente y las mismas empresas adquieran de esta forma estos productos, con el fin de ahorrarse unos pesos, sin imaginarse lo que puede estar afectando, esto es: la economía del país, más desempleo, la sostenibilidad de las empresas, entre otros factores que se derivan de este flagelo.
Piratería de software
En el caso del software, las empresas optan por esta práctica llevadas por la falta de presupuesto para realizar este tipo de inversión, sin embargo, algunas no han tenido en cuenta alternativas como la utilización de software libre o gratuito, para algunos productos que son comúnmente utilizados, como son: sistemas operativos y software de ofimática en los equipos de cómputo.
No obstante, el Gobierno Nacional ha estado realizando esfuerzos para frenar esta distribución a través de acuerdos y convenios entre el Ministerio de Defensa, Microsoft y los gremios protectores de los derechos de autor y la propiedad in-telectual, firmando acuerdos contra toda modalidad de piratería. Al igual el presidente de la República, Juan Manuel Santos, afirmó que la piratería es un flagelo que afecta el desarrollo del país y sirve para financiar grupos ilegales en Colombia. Inclusive con la Ley 603 de 2000 exige que la Gerencia o el representante legal de las empresas en su informe de gestión anuales, sea para la pequeña, mediana y grande empresa, indiquen el estado de cumplimiento de las normas sobre propiedad intelectual y derechos de autor en su empresa, de conformidad en lo establecido en los artículos 46 y 47 de la Ley 222 de 1995, con el fin de asegurar que estas han adquirido y están usando productos legales.
Es importante establecer un procedimiento que permita soportar una evaluación de una entidad de control como la DIAN, SUPERSOCIEDADES o FISCALIA, quienes tienen la responsabilidad de verificar el cumplimiento de la norma para este aspecto. Dentro de la documentación que puede ser requerida en caso de una revisión estaría: las licencias de los programas incluyendo software aplicativo, las facturas de compra, la contabilización del intangible, inventario de equipos de cómputo y del software instalado. Asimismo, podrán requerir la identificación y ubicación de los establecimientos de comercio, oficinas y sucursales que tenga la compañía para establecer si en ellas existe software instalado.
Recomendaciones
Por lo anterior, es nuestro deber recomendarles a las empresas y clientes que ayuden a combatir la piratería, y que jueguen limpio:
Comprando productos originales y a empresas reconocidas en este mercado.
Exigir la factura para este tipo de compras.
Definir políticas y crear cultura al interior de la organización en cuanto la instalación de software.
Revisar periódicamente el software instalado para identificar que estos cuentan con su correspondiente licencia.
Revisar alternativas o soluciones que les permita estar legal en todo sentido, y así no evadir impuestos.
Buscar asesoría en este tema, pues la falta de conocimiento en estos aspectos no lo exime de las sanciones y castigos que determina la Ley.
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