Cali, junio 16 de 2026. Actualizado: martes, junio 16, 2026 20:38

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La historia de Ángel y María Paola: cuando el amor no necesita tiquetes de avión

¿Su pareja le pone excusas para casarse? En Colombia el matrimonio virtual también puede ser una realidad

Abogada Ángela María CaicedoPor Ángela María Caicedo

ÁNGELA MARÍA CAICEDO

Abogada, Conciliadora y Comunicador Social-Periodista
Escritora Apasionada y Exploradora del Conocimiento Jurídico.

Dicen que en el amor no existen las excusas y que cuando uno está enamorado ve todo color de rosa.

Eso fue exactamente lo que ocurrió en la vida de Ángel y María Paola, una pareja que parecía haber dejado su historia en el pasado, pero que en realidad sólo la tenía en pausa.

Ángel y María Paola habían sido novios en la juventud. Fue una relación aparentemente sin trascendencia, de esas que uno cree que se quedan guardadas en una carpeta vieja del corazón.

Cada uno tomó su camino, siguió su vida, construyó sus propios planes y dejó que el tiempo hiciera lo suyo. Pero hay destinos que se amañan, y hay cupidos que son traviesos.

Años después, ambos emigraron a los Estados Unidos. Estaban lejos de Colombia, lejos de sus calles, de sus familias, de sus costumbres, pero no tan lejos como para que el amor no los encontrara otra vez.

Cuando se reencontraron, algo hizo “click”. La conversación fluyó, los recuerdos despertaron y esa llama que parecía apagada volvió a arder con más fuerza.

Comenzaron a vivir su amor como si nunca se hubiera detenido. Se acompañaban, se cuidaban, compartían techo, sueños y futuro.

Pasaron un par de años juntos y María Paola empezó a soñar con algo que para ella era muy importante: casarse.

Pero Ángel tenía miedo.

No porque no la amara, sino porque a veces el miedo se disfraza de prudencia. Él pensaba que, si daban ese paso, la magia podía cambiar.

Aunque ya vivían juntos y en la práctica compartían una vida de pareja, Ángel le decía que se casarían cuando tuvieran “papeles” y pudieran regresar a Colombia.

La excusa parecía perfecta:cuando arreglemos papeles”, “cuando podamos viajar”, “cuando estemos en Colombia”, “cuando todo sea más fácil”.

Pero no contaban con mi astucia, jejeje…

María Paola me llamó y tuvimos una asesoría virtual. Me contó su historia, sus dudas y ese sueño que llevaba en el corazón.

Entonces le expliqué algo que muchas personas todavía desconocen: en Colombia existen trámites notariales que pueden adelantar por medios electrónicos, y en algunos casos es posible celebrar matrimonio civil con apoyo de canales virtuales, siempre que la notaría tenga habilitado ese servicio y se cumplan todos los requisitos legales.

Cuando María Paola entendió que no necesariamente tenían que esperar años para regresar al país, la excusa se cayó.

Ángel dejó el miedo a un lado. Ya no había pretexto. Si el amor estaba, si la voluntad existía y si jurídicamente era viable, el paso podía darse.

Y así, Ángel y María Paola contrajeron matrimonio.

¿Sabía que usted se puede casar virtualmente?

Muchas personas no lo saben, pero en Colombia el servicio notarial puede prestarse por medios electrónicos, conforme a las directrices de la Superintendencia de Notariado y Registro y al uso de mensajes de datos y firmas digitales regulados por la Ley 527 de 1999.

Esto ha abierto una puerta muy importante para colombianos que viven en el exterior, parejas que no pueden desplazarse fácilmente al país o personas que desean formalizar su unión sin que la distancia se convierta en una barrera absoluta.

Así que si su pareja le saca excusas para llegar al altar, perdió el año, porque hoy existen diferentes maneras legales de contraer matrimonio civil en Colombia.

Eso sí, es importante decirlo con toda claridad: casarse virtualmente no significa casarse “por WhatsApp”, ni mandar un audio diciendo “acepto”, ni hacer una ceremonia informal por videollamada.

No. Se trata de un matrimonio civil válido, con respaldo jurídico, adelantado a través de canales electrónicos autorizados y con intervención notarial.

No todas las notarías ofrecen matrimonio virtual

Aquí viene un punto clave: no todas las notarías en Colombia ofrecen el servicio de matrimonio virtual o por medios electrónicos.

Por eso, antes de iniciar el trámite, se debe consultar directamente con la notaría escogida para verificar si tiene habilitado este servicio.

Algunas notarías publican el trámite expresamente como “matrimonio virtual”. Otras permiten ciertos actos electrónicos, pero no celebran matrimonios por esa vía.

Y también existen notarías que indican claramente que no ofrecen ese servicio.

Por eso, la asesoría previa es fundamental. No se trata solo de querer casarse, sino de saber dónde, cómo, con qué documentos y bajo qué condiciones jurídicas puede hacerse correctamente.

Casarse virtualmente no elimina los requisitos legales

Este es otro error frecuente: creer que, porque el trámite puede hacerse por medios electrónicos, los requisitos desaparecen. No es así.

El matrimonio civil virtual debe cumplir los mismos requisitos generales del matrimonio civil presencial.

Normalmente se exige solicitud escrita, registros civiles de nacimiento recientes, copias de las cédulas de ciudadanía o documentos de identidad, manifestación libre de voluntad de casarse y declaración de que no existe impedimento legal.

Además, si existen hijos, matrimonios anteriores, divorcios, viudez o si uno de los contrayentes es extranjero, pueden exigirse documentos adicionales, como registros civiles con notas marginales, sentencia o escritura de divorcio, registro de defunción del cónyuge anterior, documentos apostillados, legalizados o traducidos oficialmente, según el caso.

En otras palabras: el amor puede ser espontáneo, pero el matrimonio civil debe estar jurídicamente bien soportado.

Colombianos en el exterior: la distancia ya no siempre es una excusa

Muchos compatriotas desean que su matrimonio quede registrado en Colombia, pero por diferentes circunstancias no pueden regresar al país.

Algunos están en proceso migratorio, otros no tienen disponibilidad laboral, otros tienen limitaciones económicas para viajar o simplemente viven lejos y creen que casarse en Colombia es imposible.

Por esa creencia, muchas parejas dilatan una decisión importante. Pasan los meses, pasan los años y el matrimonio queda aplazado bajo la famosa frase:cuando podamos ir a Colombia”.

La historia de Ángel y María Paola demuestra que vale la pena consultar antes de renunciar a una posibilidad.

En algunos casos, con la orientación adecuada, el trámite puede adelantarse ante una notaría colombiana que tenga habilitados los medios electrónicos necesarios.

El amor necesita voluntad, pero también seguridad jurídica

Casarse no es solamente una decisión romántica. También tiene efectos jurídicos importantes. El matrimonio civil genera derechos, deberes y consecuencias patrimoniales, familiares, sucesorales y personales.

Por eso no basta con decir “nos amamos”. También es importante saber qué documentos se requieren, si hay impedimentos, si existen hijos de relaciones anteriores, si hay bienes, si conviene hablar de capitulaciones, cómo queda el registro civil y qué efectos tendrá ese matrimonio en Colombia y, eventualmente, en el exterior.

Ángel y María Paola tenían amor. Les faltaba información. Y cuando recibieron la orientación correcta, entendieron que la distancia no tenía por qué seguir aplazando su decisión.

LLAMADO A LA ACCIÓN

Si usted vive fuera de Colombia, si su pareja le dice que no se pueden casar porque están lejos, si llevan años aplazando el matrimonio por trámites, viajes o “papeles”, es momento de asesorarse.

No permita que la desinformación sea la tercera persona dentro de su relación.

Llámeme o escríbame al 3162124646. Revisemos su caso, verifiquemos si cumple los requisitos y orientémosle sobre la posibilidad de adelantar su matrimonio civil en Colombia a través de una notaría que tenga habilitado el servicio por medios electrónicos.

MORALEJA JURÍDICA

La moraleja de esta historia es sencilla: en el amor pueden existir miedos, pero en el derecho no deben existir improvisaciones.

Casarse virtualmente puede ser posible, pero debe hacerse bien, con documentos completos, voluntad clara, notaría habilitada y respeto por los requisitos legales del matrimonio civil colombiano.

PROTEJA SUS DERECHOS

Antes de tomar una decisión tan importante, busque asesoría jurídica. Un matrimonio mal tramitado, incompleto o sin verificación adecuada puede generar problemas futuros.

Proteja su relación, su patrimonio, su familia y sus derechos. Para recibir orientación, llame o escriba al **3162124646**.

¿Cómo solicitar asesoría?

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Insolvencia”, “deudas”, “embargo”, “hipoteca”, “casa familiar”, “ocultamiento de bienes”, “acreedores”, “liquidación patrimonial”, “divorcio”, “cuota alimentaria”, “custodia”, “sucesión”, “accidente de tránsito”, “registro de marca” o “conciliación”.

Así podremos identificar más rápido su necesidad y brindarle una atención personalizada.

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Preguntas frecuentes sobre insolvencia, deudas, acreedores y casa familiar.

¿Puedo perder mi casa si entro en insolvencia?

No necesariamente. La casa no se pierde automáticamente por iniciar insolvencia, pero debe revisarse si tiene hipoteca, afectación a vivienda familiar, patrimonio de familia, embargos o procesos judiciales.

¿La afectación a vivienda familiar siempre protege la casa?

No siempre. Puede ser una protección importante, pero si la hipoteca fue inscrita antes, el acreedor hipotecario puede conservar su derecho preferente.

¿Qué pasa si constituí patrimonio de familia después de la hipoteca?

Debe revisarse el caso concreto, pero si la hipoteca fue anterior, esa garantía puede prevalecer frente a la limitación constituida posteriormente.

¿Puedo ocultar bienes en un proceso de insolvencia?

No. En un proceso de insolvencia se debe actuar con buena fe y transparencia. Los bienes del deudor son la prenda general de los acreedores, conforme al artículo 2488 del Código Civil. Ocultar bienes puede generar consecuencias graves.

¿Debo declarar mi casa en el proceso de insolvencia?

Sí. Si la casa pertenece total o parcialmente al deudor, debe informarse dentro del trámite. Ocultarla puede afectar el proceso y generar problemas jurídicos.

¿Qué documento debo revisar antes de iniciar insolvencia?

El certificado de tradición y libertad del inmueble. Allí aparece la historia jurídica de la casa, incluyendo hipotecas, afectaciones, patrimonio de familia, embargos y otras limitaciones.

¿Qué hago si tengo miedo de un embargo?

Lo primero es buscar asesoría jurídica antes de firmar acuerdos, transferir bienes o iniciar procesos sin conocer las consecuencias. Puede escribir al WhatsApp (316) 212 4646 para orientación.

ÁNGELA MARÍA CAICEDO

Abogada, Conciliadora y Comunicador Social-Periodista
Escritora Apasionada y Exploradora del Conocimiento Jurídico.

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Acerca de Mí:

¡Hola! Soy Ángela María Caicedo, comunicador social-periodista, Abogada y Conciliadora y me encanta sumergirme en el fascinante mundo de la escritura y el descubrimiento.

Como apasionada de los temas jurídicos, mi objetivo es compartir ideas, inspiración y conocimiento a través de mis palabras.

Y aunque parezca que los abogados nos expresamos con un lenguaje de otro planeta, es nuestra responsabilidad acortar la brecha comunicativa entre abogados y no abogados, teniendo en cuenta que ambos lenguajes tanto el jurídico como el común coexisten.

También como abogada conciliadora de la organización sin ánimo de lucro “Convivencia Ciudadana” me apasiona acompañar a las personas en el proceso de buscar soluciones pacíficas a sus problemas y que sea un ‘gana-gana’ para las partes, porque otro tipo de justicia es posible.

Por eso este espacio es mi plataforma para conectar contigo.

Mis artículos están diseñados para informar, entretener y desafiar tus pensamientos.

¡Espero que los disfrutes!


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