Cali, marzo 26 de 2025. Actualizado: martes, marzo 25, 2025 23:08

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No debe haber discusión sobre las facultades de la Procuraduría

De alcaldes y participación en política


Que muchos funcionarios públicos no se dejen pillar en actividades proselitistas no quiere decir que no lo hagan.


La suspensión de los alcaldes de Medellín, Daniel Quintero, y de Ibagué, Andrés Hurtado, por su presunta participación en política, el primero en favor de Gustavo Petro y el segundo en favor de Federico Gutiérrez, amerita un debate serio sobre la efectividad de las normas que prohíben que los funcionarios públicos hagan proselitismo, pues aunque son pocos los sancionados por ello, son muchos los que infringen estas normas.

La Procuraduría General de la Nación simplemente está aplicando la normatividad vigente, es exagerado hablar de persecución política, pues hay mandatarios investigados de lado y lado. Sin embargo, buena parte de la opinión pública ve el tema desde el fanatismo y cada quien rechaza o apoya las sanciones dependiendo de la afinidad ideológica con el funcionario castigado.

No hay nada que debatir sobre la aplicación de estas normas, están vigentes y quienes las transgredan deben responder por ello. Igualmente, no debe haber discusión sobre las facultades de la Procuraduría para sancionar a alcaldes y demás funcionarios que participen en política, es absurdo que, por conveniencia política las barras pretendan vender la idea de que el ente de control disciplinario no tiene tal potestad, pues sí la tiene.

Sin embargo, sí vale la pena dar una discusión de fondo sobre la efectividad de las normas que restringen la participación en política de los funcionarios públicos, pues tal vez sería más conveniente que se les permitiera manifestar públicamente su preferencia electoral para así hacer un mayor seguimiento a sus acciones administrativas y evitar que los recursos públicos sean utilizados para favorecer campañas, algo que ahora muchos hacen por debajo de la mesa.

Foto: Alcaldía de Medellín

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