Mario Germán Fernández De Soto

Propiedad privada en riesgo

Mario Germán Fernández De Soto

Nada más improvisado que tratar de plantear la unificación de los Códigos Civil y de Comercio en el país.  Esta es una  propuesta de la respetable Facultad de Derecho de la Universidad Nacional, que presentó un proyecto de Ley para reformar el Código Civil Colombiano y su unificación en obligaciones y contratos con el Código de Comercio, pretendiendo, desde mi punto de vista, una errónea conjunción del derecho privado.

Recordemos que en el Civil se establecen las disposiciones que determinan los derechos particulares, el de las personas, sus bienes, obligaciones y contratos.  Es decir, regula las relaciones entre las personas, mientras que el de Comercio, rige para los comerciantes y los asuntos mercantiles; es la legislación jurídica que regula la actividad de toda empresa. Este proyecto conllevaría a la constitucionalización del derecho mercantil, cambiando toda una tradición jurídica, lo que significa una verdadera inestabilidad legal de connotación nacional.  

Claro que es cierto que es necesario y conveniente modernizar nuestro Código Civil, que data ya de  1887, porque contiene instituciones jurídicas en desuso para el siglo XXI; también lo es que unificar su contenido es un esperpento que acabaría con la base doctrinaria de la nación y con la jurisprudencia de las altas cortes. De llegar a aprobarse tal iniciativa, se afectaría la propiedad privada de los colombianos, porque en uno de sus artículos establece que “los predios rurales sobre los cuales el propietario no hiciere actos de conservación durante cinco años continuos, se entenderá que lo abandona extinguiéndose su dominio, el cuál pasará a la nación”, y para el caso de los predios urbanos aplica la misma malévola fórmula con un término de diez años. 

Nada más arbitrario que modificar en este momento de la vida nacional  el derecho a la propiedad privada y el modelo económico. Por otra parte, según este “Frankenstein normativo”, se aplicarían los principios constitucionales a las obligaciones y contratos que quedarían subordinados a la incertidumbre, olvidando que en el derecho colombiano las leyes que regulan los contratos son normas supletorias de la voluntad de los contratantes, cuando estos al celebrarlos acatan las prescripciones legales y respetan el orden público y las buenas costumbres. Un código debe ser  un conjunto de elementos unitarios ordenado y sistematizado de normas que contribuye a la estabilidad social y jurídica de nuestro país, que no puede poner en vilo instituciones como la propiedad privada, que garantiza la estabilidad jurídica de todos los colombianos.

Creo que sí se deben modificar los códigos Civil y de Comercio para adecuar nuestras instituciones a la era digital que ya llegó, adoptando los elementos tecnológicos de la nueva modernidad a la estructura jurídica nacional, pero es imperativo rechazar, por ser un exabrupto,  el que se ponga en riesgo el derecho a la propiedad privada de todos los colombianos.

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