Luis Ángel Muñoz Zúñiga

Debate embarazoso

Luis Ángel Muñoz Zúñiga

La decisión de la Corte Constitucional de despenalizar el aborto, provocó la reacción entre varios sectores de opinión que anunciaron se opondrían al fallo. Quiero contra argumentar, muy respetuosamente, la idea equivocada de que se hubiera desconocido la “cosa juzgada”, ya que esta vez se trató de una decisión de la Corte Constitucional contra una norma general y no de una casación interpuesta para resolver la sentencia contra un delito, que en última instancia sería competencia de la Corte Suprema de Justicia. No entiendo que el presidente del Congreso ahora exhorte a los senadores para que se pronuncien al respecto o que anuncie la convocatoria de un referendo para tumbar la decisión, debieron legislar y no haberle pasado la pelota a la Corte Constitucional. Claro, era un debate embarazoso, perdón, ahora será más embarazoso. Tal vez el próximo nuevo Congreso de la República no sea de costumbres mañosas. Colombia no es único país, ni la primera vez, que los colectivos de mujeres reclamen la despenalización del aborto. Antes de la reciente demanda de la abogada Mariana Ardila, de Causa Justa; su homóloga Mónica Roa, el 14 de abril de 2005 removió el muro de contención que ni siquiera admitía las causas de violación, malformación e inminente peligro de la madre. En esa oportunidad, Mónica Roa, argumentó diez razones para desembarazar el asunto. Penalizar el aborto: conllevaba a un grave problema de salud pública; era discriminatorio por ser asunto de equidad de género; era una cuestión de injusticia social; coartaba el ejercicio de la autonomía y la libertad de la mujer; propiciaba la muerte de mujeres más que la salvación de los fetos; en momentos de falta de prevención, no bastaba la educación sexual y el acceso a los anticonceptivos; el derecho de los no nacidos, se consideraba absoluto; el abuso de un derecho no era razón suficiente para negar su reconocimiento; en una sociedad pluralista de distintas concepciones morales, unas conservadoras y otras más liberales, el aborto no podía seguir imponiéndose como delito; la penalización total del aborto violaba varios derechos fundamentales. Mónica Roa, buscó que una decisión de la Corte Constitucional, como el indicador que convalidara la justicia y los derechos por medio de procedimientos e instituciones legítimas. La buena noticia, de hace dieciséis años, reconoció que no sólo una minoría se levantaba contra la penalización del aborto y los magistrados acogieron sus argumentos. Mónica logró la legalización para abortar con tres causales. Fue un valioso avance que esta semana se complementó reconociendo el libre albedrío de la mujer. Quiero aclarar que, tanto en la década pasada de vigencia de la sentencia anterior, como en estos días que inicia el nuevo fallo, el aborto no puede entenderse como un método anticonceptivo. Eso dicen calumniosamente sus detractores. Ni siquiera cabe relacionar la objeción de conciencia de las mujeres embarazadas, porque es un mero derecho. Los médicos si pueden abstenerse de practicarlo debido a sus principios. Ambos fallos respetarán que haya mujeres a quienes no les importe la violación, ni que el hijo nazca con deformaciones o que peligre su propia vida. Mi desacuerdo es ante la permisibilidad exagerada de 24 semanas, siendo que los embarazos son identificables desde los dos meses, exceptuando casos especiales por condiciones económicas, estados emocionales o fisiológicos de algunas mujeres. A los seis meses los fetos ya tienen corporalidad y son sensibles a los estímulos sensoriales. Que quienes se opongan a la sentencia de la Corte Constitucional, no lo hagan sólo para excluir ese servicio del plan obligatorio de salud. Que continúe el debate embarazoso, pero que sea respetuoso de la constitucionalidad de los derechos.

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