Cali, marzo 25 de 2026. Actualizado: miércoles, marzo 25, 2026 21:34
En Colombia, no presentar la declaración de renta puede salir muy costoso. Desde este 12 de agosto de 2025, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) recibe las declaraciones correspondientes al año gravable 2024. Quienes cumplieron los topes y no declaren se enfrentan a multas, intereses y posibles investigaciones.
Índice
De acuerdo con la DIAN, deben declarar renta las personas naturales que en 2024:
Obtuvieron ingresos brutos iguales o superiores a $65.891.000.
Tuvieron patrimonio bruto al 31 de diciembre superior a $211.792.500.
Realizaron consumos con tarjeta de crédito por más de $65.891.000.
Efectuaron consignaciones bancarias, depósitos o inversiones por encima de $65.891.000.
El tributarista Juan Pablo Córdoba señaló a Portafolio que “aunque no siempre hay saldo a pagar, declarar es una obligación que evita sanciones y problemas futuros con la DIAN”.
No declarar renta no solo genera una multa económica, también implica riesgos legales como:
La DIAN cuenta con cruces de información que le permiten identificar inconsistencias en declaraciones y detectar a quienes no cumplan
De acuerdo con el economista Luis Alberto García, consultor tributario, a Semana “el no cumplimiento reiterado puede interpretarse como evasión, lo que abre la puerta a sanciones penales”.
En 2025, la sanción mínima por no declarar renta en 2025 equivale a 10 UVT, lo que representa $498.000 pesos colombianos.
Sin embargo, el monto puede aumentar hasta el 20% del valor de las consignaciones bancarias, ingresos brutos o patrimonio bruto no declarado, según lo determine la DIAN.
Ejemplo: si una persona tuvo consignaciones por $100 millones en 2024 y no declaró, la multa sería de $20 millones, más los intereses.
Esta medida busca desincentivar la evasión y garantizar el cumplimiento tributario.
Además, si la DIAN envía un requerimiento y la persona presenta la declaración después, se aplica la sanción por extemporaneidad, que puede llegar al 10% mensual del impuesto a pagar o del saldo a favor.
La contadora pública María Fernanda Restrepo explicó a El Tiempo que “una omisión puede multiplicar la deuda hasta en un 50% más del valor inicial”.
Al mismo tiempo, el artículo 647 del Estatuto Tributario define como inexactitud cualquier acción que reduzca indebidamente el impuesto a pagar, incluyendo:
100 % de la diferencia entre el impuesto real y el declarado.
160 % si se usaron proveedores ficticios o hubo abuso tributario.
200 % si se ocultaron activos o se registraron pasivos inexistentes.
Ejemplo: Si declaraste $4.000.000 de impuesto, pero la DIAN determina que debiste pagar $10.000.000, la diferencia es de $6.000.000. La multa será de otros $6.000.000, duplicando el perjuicio fiscal.
Según un vocero de la entidad: “Declarar a tiempo no solo evita multas, también protege la reputación financiera del contribuyente”.
Lo anterior no siempre significa pagar impuestos, pero sí es una obligación que, de incumplirse, puede generar una sanción por no declarar renta en 2025 y afectar gravemente las finanzas personales y la reputación crediticia.
Lo invitamos a leer: Consulta si debes declarar renta en 2025 en pocos pasos
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