Cali, junio 19 de 2026. Actualizado: viernes, junio 19, 2026 19:53
En comunicado enviado a la Superintendencia de Industria y Comercio, la Procuraduría General de la Nación advirtió que en el caso de la multa impuesta a los ingenios azucareros se violó el debido proceso.
Según el concepto del organismo hubo “notoria y evidente transgresión, vulneración y violación de principios y garantías constitucionales del debido proceso”.
Además indicó que la Superindustria incurrió en errores al aplicar el monto de las sanciones a catorce ingenios y personas naturales .
Como se recordará la Superintendencia sancionó a los ingenios con una multa de $324 mil millones por presuntamente haber obstaculizado la importación de azúcar.
Según el documento de la Procuraduría firmado por Fanny María González Velasco, procuradora delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública, y Carlos Fernando Mantilla Navarro procurador delegado encargado de la conciliación administración, la Superintendencia “no habría tenido en cuenta dentro de su sanción los efectos generados tanto a los empresarios como a los consumidores y tampoco explicaría cuáles son las afectaciones al mercado o a la industria las restricciones a la competencia que ejercieron los ingenios”.
En el concepto, la entidad afirmó que “las sumas determinadas por el ente sancionador corresponden a una dosimetría efectuada, sin atender de manera precisa las reglas y criterios fijados en la Ley”.
En ese sentido, el Ministerio Público conceptuó que es necesario que la Superindustria de Industria y Comercio realice un análisis detallado de la proporcionalidad de la sanción frente a los patrimonios de los ingenios multados puesto que existen elementos que deben ser probados para imponer la multa.
Por eso planteó que “en lugar de fijar sanción en relación con el ingresos operacionales, el Ministerio Público considera que la Súper debió haber efectuado un análisis que respondiera al grado de responsabilidad de cada sancionado, o al menos indicar por qué respecto de unos ingenios las sumas son mayores y otras menores, o si los grados de participación y/o responsabilidad son iguales o diferentes entre unos y otros“ .
Además enfatizó que no controvierte la responsabilidad de los sancionados pero sí advierte que en la sanción impuesta a los ingenios no se evidencia la rigurosidad fáctica y jurídica que sustente y soporte la gradualidad y dosimetría de la sanción.
Fin de los artículos
Ver mapa del sitio | Desarrollado por: