Otorgarán alivios tributarios a establecimientos nocturnos de Tuluá Otorgarán alivios tributarios a establecimientos nocturnos de Tuluá

Cali, abril 18 de 2024. Actualizado: jueves, abril 18, 2024 20:04

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Ante afectación económica por la pandemia

Otorgarán alivios tributarios a establecimientos nocturnos de Tuluá

La Alcaldía de Tuluá puso a consideración del Concejo municipal un proyecto de acuerdo mediante el cual se busca otorgar exenciones tributarias al comercio nocturno, afectado económicamente por las restricciones adoptadas para enfrentar la pandemia del covid-19.

La secretaría de Hacienda, Eliana Andrea Bedoya Bueno, presentó un proyecto de acuerdo por medio del cual se otorgan exenciones y alivios tributarios temporales a establecimientos de comercio identificados con código CIIU 5611, 5612, 5613, 5619, 5621, 5629, 5630 (Expendio por autoservicio de comidas preparadas- Expendio de bebidas alcohólicas para el consumo dentro del establecimiento) con el impuesto de industria y comercio,  avisos y tableros afectados por la pandemia.

Bedoya mencionó que por la problemática vivida desde el año 2020, a raíz de la pandemia del covid-19, esta situación generó el cierre de establecimientos de comercio a nivel municipal, entre las que se encuentran establecimientos con actividades de bares y restaurantes durante la vigencia 2020, por causa del confinamiento decretado por el Gobierno Nacional, este hecho que generó la disminución en sus ingresos como el despido de empleados.

“Siguiendo las directrices del alcalde John Jairo Gómez Aguirre, queremos darles exención a los comerciantes no cobrando intereses a aquellos establecimientos como restaurantes, gastrobares y discotecas que son los que están enmarcados en estas actividades económicas, a este gremio queremos decirles, que si no han podido presentar su Impuesto de Industria y comercio al ser aprobado este Proyecto de Acuerdo por el honorable Concejo Municipal no pagarán intereses hasta diciembre del 2021”, dijo la Funcionaria.

Requisitos

Es importante que los comerciantes tengan en cuenta los requisitos que deben tener para acceder a este beneficio en caso tal de ser aprobado por el Concejo Municipal.

Certificación de Contador Público y/o Revisor Fiscal titulado en el que se demuestre la reducción de los ingresos de la empresa, con las respectivas acreditaciones del profesional firmante.


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Registro Mercantil y/o Certificado de Existencia y Representación Legal en donde se demuestre la actividad comercial de la empresa y el Código CIIU respectivo, el cual debe estar vigente.

Solicitud escrita dirigida a la Secretaría de Hacienda Municipal.

Presentación del Formulario de Declaración, Liquidación Privada y Pago del Impuesto de Industria y Comercio y Avisos y Tableros.

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