Mundial Cali 2022

Intervenida construcción en Pance

Ramiro Varela Marmolejo

En ejemplarizante medida, el juez tercero de ejecución de penas proyectó una organización de la planificación y construcción de edificaciones en la Comuna 22 (Pance). Le ordenó a la Alcaldía, a Planeación y a Emcali coordinar el desarrollo urbanístico, sin destruir el agua del río Pance; a Emcali no dar certificaciones de viabilidad de alcantarillado para futuras construcciones, ante imposibilidades económicas para instalar redes de alcantarillado y a  la CVC no autorizar vertimientos de aguas lluvias y residuales al río Pance sin tener la certeza mediante estudios realizados por entidades confiables.

Así mismo a la CVC y al Dagma, para que se conviertan en guardianes del río, pero con la comunidad y a la empresa comercial Jaramillo Mora S.A., constructora de los condominios Reserva de Pance y Alto Pance, dos días de plazo para la iniciación de las obras o ampliación de las existentes o compra de equipos que permitan que la función de la Ptar de aguas residuales esté acorde con la leyes y actos administrativos que permitan el vertimiento de aguas residuales domésticas tratadas al rio Pance.

Si esto no se hace, la Alcaldía y la CVC deberán procurar en tiempo razonable la disponibilidad presupuestal necesaria para dotar a esos conjuntos residenciales de la red de alcantarillado.

Al responder una tutela del concejal Roberto Rodríguez, el juez amparó derechos fundamentales al agua limpia del río Pance, a la salud, a la vida en condiciones de dignidad y medio ambiente sano.

Reconocer al rio Pance, su cuenca y afluentes como una entidad sujeta de derecho a la protección, conservación, mantenimiento y restauración son medidas bien fundamentadas.

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