Iván Cancino

#EnDefensaDe Interceptaciones telefónicas

Iván Cancino

Las interceptaciones telefónicas son vitales en la lucha contra la delincuencia, sin embargo, al afectar garantías importantes su regulación debe ser exacta, precisa y delimitada.

No sólo debe ser controlada por un juez imparcial e independiente de quien solicite la escucha, sino en la forma de efectuarla, poniendo límites a lo que es válido o no.

Quien ordena debe ser claro en decir que está investigando y quiénes son los posibles vinculados a esa indagación. Así que las conversaciones con la familia o amigos, no pueden ser grabadas ni escuchadas por el analista ni por nadie.

En otros países cuando estas conversaciones se dan, se interrumpe la escucha y se retoma si la conversación interesa al proceso investigado.

Si el analista advierte que hay un error y que están escuchando a alguien diferente al interesado y objeto de motivación de la orden, debe reportarlo de inmediato, cesar la escucha y lo grabado debe ser descartado por ilegal. Si se sigue con la escucha a sabiendas del error ya se pasa la raya de lo ilegal a lo ilícito.

Por último, escuchar al abogado con su cliente o al periodista con su fuente tiene una carga argumentativa mucho más poderosa, ya que estas conversaciones solo pueden ser escuchadas si está muy claro que hay delito en ellas.

No se puede olvidar además que las conversaciones abogado – cliente no se refieren solo a la persona que tiene poder radicado y presentado, también incluyen al consultor, el asesor, el investigador de la defensa y a los abogados asesores. Ese derecho no nos lo va a quitar nadie y lo defenderemos hasta que tengamos vida.

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