Cali, febrero 3 de 2026. Actualizado: lunes, febrero 2, 2026 23:05
Aunque hoy entra en vigencia el nuevo código nacional de policia y convivencia, que contiene 243 artículos sancionatorias, todavía existe desconocimiento de la ciudadanía, principalmente en lo relacionado con la clasificación de las multas e imposición de comparendos.
Lo que indica la norma es que las multas vienen especificadas como Tipo 1, Tipo 2, Tipo 3 y Tipo 4, la Tipo 1 es de 4 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV); la Tipo 2, 8 SMLDV; la Tipo 3, 16 SMLDV y la Tipo 4 de 32 SMLDV, cabe aclarar que no solamente comprende cobros, ya que para las multas generales Tipo 1 y 2 el ciudadano puede conciliar con el inspector de Policia para que se le imponga una sanción comunitaria o pedagógica, si refiere dicultad económico, la aclaración la hizo el subintendente César Hernández, capacitador del Código de Policía.
“No todo lo que trae el código son multas, también hay participaciones en programas comunitarios o de convivencia que previamente, junto con los lugares donde se llevarán a cabo esas pedagogías, lo establecerá las administraciones municipales” explica Hernández, quien indicó que los patrulleros portarán una comparendera, similar al de tránsito, para realizar la imposición del comparendo, pero antes se emplea un proceso verbal inmediato para que el ciudadano se entere del mal comportamiento, y en ningún momento las sanciones pueden ser impuestas por auxiliares bachilleres. Por ejemplo, en los sistemas de transporte masivo cuando alguien ingrese sin realizar el cobro del pasaje o sin validar la tarjeta de pasajes, los bachilleres solo podrán retener a la persona mientras llega la patrulla del cuadrante con un profesional de la Policía.
Irrespeto a la autoridad
Si se llegara a presentar alguna agresión al intentar hacer cumplir la norma, “el código también lo establece como un comportamiento contrario a la convivencia y obviamente a esa persona se le impone su medida correctiva que establece el código. Igualmente, cuando un ciudadano se resiste a algún procedimiento, como desactivar termporalmente una fuente del ruido, se puede hacer un procedimiento por traslado policivo a una estación de policia, mientras se implementa el sitio adecuado por lo entes municipales”, asegura.
El código no se refiere al uso de fuerza por parte de los agentes de Policía, pero según el subintendente, su uso a veces es necesario y debe ser proporcional, racional y necesaria a la acción que el ciudadano esté ejecutando. Cuando existe un irrespeto verbal, por ejemplo, se puede hacer la imposición del comparendo, pero si existe esa agresión al funcionario, entonces ya se puede requerir como algo penal, es decir, se puede cargar como violencia al servidor público aplicando las dos sanciones, el del código, que es netamente administrativo y el penal.
Los comparendos
Según el abogado y profesor de la Universidad Santiago de Cali, Julio César Díaz, experto en el tema, ese comparendo es simplemente como una citación, un documento en el que se consigna la información y la causa para que el ciudadano comparezca en la estación, subestación o centro de atención inmediata (CAI), y los miembros de la fuerza pública impongan, bien la medida correctiva de amonestación o algunas de las sanciones que a ellos les compete. De ninguna manera podrán fijar ni cobrar multas, porque no tienen competencia, lo único que pueden hacer los miembros de la fuerza pública es citar a la persona para que comparezca y son los inspectores de Policía quienes imponen la medida.
“Aunque para el comparendo no hay apelación, se puede mediar con el inspector, quien tendrá dos opciones: confirmar la decisión que tomó el comandante de estación, subestacipon o CAI o revocar la decisión, es decir, encontrar que el fallo no estuvo ajustado al derecho, o sea, a lo que dice el Código de Policia”, dice Díaz.
Tramitología
Cuando el inspector confirma, simplemente el ciudadano tiene que cumplir la medida, porque las multas generan intereses si no se cancela, pero el código establece unos descuestos si se paga dentro de determinado tiempo, por ejemplo, un 50% de descuento si cancela la multa durante los primeros 5 días hábiles.
Asegura el abogado que cuando el ciudadano cancela, debe llevar el comprobante de cancelación de la multa o la consignó en la cuenta indicada por el funcionario, a la tesorería municipal,
si no paga se va a jurisdicción coactiva y de ahí a ejecuciones fiscales, eso quiere decir que, a través de funcionarios de la Secretaría de Hacienda se puede hacer efectivo el cobro de la obligación a favor del municipio, quienes pueden embargar los bienes del deudor.
Por su parte, el subintendente César Hernández, aclara que la norma es muy clara al indicar que los ciudadanos que quieran ingresar a las escuelas de formación de las diferentes fuerzas del Ejército y de la policia no podrán hacerlo si tienen un comparendo por pagar, tampoco podrán renovar Cámara y Comercio, ni renovar el permiso de porte o tenencia de arma de fuego, ni mucho menos para contratar con entidades del Estado.
En la página de la Policía Nacional www.policia.gov.co está el link Nuevo Código de Policía y Convivencia, en donde se puede descargar o ver a través de texto, flujogramas, dibujos o videos, los 243 artículos y sus sanciones.
Articulación
Laura Lugo, secretaria de Seguridad y Justicia, le dijo al Diario Occidente que es una obligación de todos los funcionarios conocer todas las medidas, los proce-dimientos y los nuevos retos de este código, por eso la semana pasada se capacitó a los inspectores, comisarios y corregidores de la ciudad para hacer la articulación con los comandantes de estaciones de Policía y del distrito.
“En las inspecciones de Policia y en las Casas de Justicia vamos a tener una sala de audiencia y unos salones para las capacitaciones y para poder atender esta necesidad. Se tendrá una inspección y una comi-saría permanente de Policia”, puntualizó Lugo.
Tecnologías
Gracias a la tecnología existirá una correlatividad entre la ciudadanía y la Policía, porque por ejemplo, a través de fotografías y videos se tendrá evidencia del mal comportamiento. Cuando el ciudadano saca el perrito al parque para que haga su excremento y éste no haya sido recogido, el vecino como veedor puede proceder a llamar a la patrulla del cuadrante, y después de dar la versión, el Policía podrá publicar e individualizar exactamente a la persona y realizar la imposición de la medida correctiva a que haya lugar.
Sanciones pedagógicas por seis meses
Durante los próximos seis meses las multas a que haya lugar en virtud del nuevo Código de Policía no tendrán validez económica. Así lo confirmó el presidente Juan Manuel Santos en una alocución televisada anoche.
El mandatario dio a entender que inicialmente lo que se busca es permitir que la ciudadanía tenga un periodo para adaptarse al nuevo modelo que entra en vigencia desde este lunes.
16 malos comportamientos en el MIO
Un código para vivir en paz
Por: BG. Hugo Casas V.
Comandante Policía Metropolitana de Cali
El próximo lunes es un día histórico para Colombia: entra en vigencia el nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia, cuyo espíritu busca corregir esos comportamientos que afectan las buenas relaciones cotidianas en nuestros vecindarios.
Sin duda alguna, los 243 artículos aprobados por el Congreso de la República, bajo el liderazgo del señor ministro de Defensa, Luis Carlos Villegas Echeverri, y del señor director general de la Policía Nacional, general Jorge Hernando Nieto Rojas, nos permitirán mejorar ostensiblemente la convivencia ciudadana.
El Código Nacional de Policía y Convivencia es el Código de todos, es el mejor camino para vivir en paz, en armonía con nuestros vecinos y demás semejantes, tal como lo afirma el señor presidente de la República, Juan Manuel Santos.
Es una gran oportunidad única para vencer la intolerancia y la indiferencia, que tanto daño le hacen a la sociedad colombiana, y recuperar el civismo, para demostrar que podemos ser ciudadanos ejemplares.
Es la brújula para trabajar en alianza con el policía del cuadrante y demás autoridades con facultades de policía, para evitar esas peleas que se generan entre vecinos por botar basuras y escombros, por las fiestas ruidosas o por las mascotas.
En cada uno de sus artículos está parte de la solución para el tema de los grafitis, el abuso de las líneas de emergencia, el robo de celulares, la invasión de terrenos, el licor adulterado y otros tantos comportamientos contrarios a la convivencia.
Es eminentemente preventivo y contempla normas para proteger con mayor eficacia a nuestros niños, niñas y adolescentes y preservar el medio ambiente.
Por eso, el principal reto es que todos los colombianos lo conozcamos y nos apropiemos de sus bondades, porque promueve la sana convivencia y los buenos hábitos. Es una normatividad actual e incluyente y aplicable a las realidades presentes. Contiene los derechos y deberes que nos asiste como personas, es garantista y su fin último, tal como lo reza su lema, es ‘Para Vivir en Paz’.
Para plena tranquilidad de los ciudadanos y para mayor transparencia del actuar de las autoridades, el Código señala que todo procedimiento policivo podrá ser grabado mediante cualquier medio de las tecnologías de información y comunicación, por lo que está prohibido que cualquier persona, salvo las restricciones de ley, impida que sean realizadas dichas grabaciones.
De ahí que con el concurso de cada uno de los policías de la patria, de las demás autoridades con facultades de policía y, en especial, de todos los habitantes de Colombia este Código se convertirá en la mejor herramienta para consolidar una paz estable y duradera.
Tal como quedó definido en la IV Cumbre de Generales, efectuada la semana pasada en Bogotá y Medellín, la Policía Nacional tiene listo un Plan Estratégico de Pedagogía para comenzar a implementar estas medidas.
Por eso, la Institución les agradece a todos los habitantes de nuestro país la confianza y el respaldo, y los invita a darle una oportunidad a la convivencia, para así seguir trabajando por una Colombia segura y en paz.
Fin de los artículos
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