Cali, mayo 12 de 2026. Actualizado: martes, mayo 12, 2026 21:31
La decisión de la fiscal general de la Nación, Luz Adriana Camargo, de no suspender automáticamente las órdenes de captura contra 29 integrantes del Clan del Golfo abrió un nuevo choque institucional con el presidente Gustavo Petro alrededor de la política de “paz total” y el manejo jurídico de los procesos con grupos armados ilegales.
La controversia gira en torno a la intención del Gobierno Nacional de facilitar el traslado de integrantes del autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia, EGC, hacia las Zonas de Ubicación Temporal, previstas dentro del proceso de “conversación socio jurídica” adelantado con esa estructura criminal.
Entre los beneficiarios potenciales aparece Jobanis de Jesús Ávila, alias “Chiquito Malo”, máximo jefe del Clan del Golfo y quien además tiene solicitud de extradición por parte de Estados Unidos.
Mediante una resolución, la Fiscalía General decidió abstenerse de suspender de manera general, automática e inmediata las órdenes de captura contra los integrantes del Clan del Golfo incluidos en el listado remitido por la Oficina del Alto Comisionado para la Paz.
“Artículo Primero: Abstenerse de implementar medidas institucionales orientadas a generar condiciones de seguridad jurídica para el tránsito de integrantes del autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia (EGC) hacia las Zonas de Ubicación Temporal, que impliquen no ejecutar, de manera general, automática e inmediata, órdenes de captura”, señala la resolución.
La decisión se mantendrá, según el documento, hasta que se verifique el cumplimiento de las condiciones planteadas y hasta el inicio formal de las Zonas de Ubicación Temporal, previsto para el 25 de junio de 2026.
La fiscal Luz Adriana Camargo advirtió además que cualquier suspensión estará condicionada al cumplimiento de compromisos de paz, entre ellos el cese de violaciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario, la entrega de menores reclutados y el freno de actividades criminales con fines económicos.
Tras conocerse la decisión, el presidente Gustavo Petro reiteró que la conducción de la política de paz corresponde al jefe de Estado y defendió las facultades del Gobierno para avanzar en estos procesos.

“Yo no he suspendido la orden de extradición de alias ‘Chiquito malo’ ni he autorizado la lista de los primeros cuatrocientos combatientes que irán a la zona de concentración del sur de Córdoba para su salida de la violencia”, afirmó el mandatario.
Petro insistió en que solo cuando exista un proceso avanzado de paz se podrían suspender órdenes de extradición, tal como —según dijo— lo permite la ley.
El presidente también confirmó que continuarán las reuniones de evaluación sobre la lista de integrantes del Ejército Gaitanista de Colombia que podrían ingresar a las Zonas de Ubicación Temporal.
El alto comisionado para la Paz, Otty Patiño, salió en defensa de la posición del Gobierno y aseguró que la Ley de Paz Total habilita automáticamente la suspensión de las órdenes de captura una vez se acuerdan las Zonas de Ubicación Temporal.
“La Ley 2272 de 2022 estableció que la suspensión de la ejecución de órdenes de captura, incluidas aquellas con fines de extradición, durante el transcurso del desplazamiento y en permanencia en las Zonas de Ubicación Temporal, opera por mandato expreso de la ley y no por una valoración discrecional posterior de la Fiscalía General de la Nación”, afirmó.
Patiño sostuvo además que la propia Fiscalía había reconocido anteriormente que “la seguridad jurídica opera de iure” y que la suspensión de capturas se produce “por mandato de la propia ley”.
El comisionado cuestionó que ahora se pretenda incorporar interpretaciones adicionales no previstas expresamente por el legislador.
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