Cali, junio 5 de 2026. Actualizado: jueves, junio 4, 2026 22:15

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Llamado a elegir voceros

Convocan a renovar Consejo de Planeación de Cali

Una invitación a las organizaciones sociales jurídicamente reconocidas hizo el Departamento Administrativo de Planeación Municipal para que presenten sus ternas para renovar y suplir las vacancias del Consejo Municipal de Planeación, de acuerdo con lo establecido en la Ley.

Como se recordará, el Consejo Municipal de Planeación es una instancia de participación ciudadana que tiene como función analizar, discutir, emitir concepto y formular recomendaciones al proyecto del Plan de Desarrollo, asi como facilitar su reconocimiento y discusión con los distintos sectores representativos de la comunidad.

De acuerdo con la Ley Orgánica de Plan de Desarrollo, el Consejo Municipal de Planeación recibirá del Alcalde el proyecto del plan de desarrollo para su estudio. Los consejeros tendrán hasta el 31 de marzo para emtir concepto.

Los sectores

En el caso del Distrito de Cali, se renovarán los representantes del Consejo Municipal de Planeación de los siguientes sectores:

Sector educativo, investigativo y cultural: Un representante por las organizaciones culturales que cuenten con personería jurídica.

Sector económico: un representante por entidades financieras y aseguradoras que cuenten con personería jurídica
Sector comunitario: un representante por las Juntas Administradoras Locales rurales.

Sector social: un representante por organizaciones de profesionales, informales y campesinos que cuenten con personería jurídica.

Sector ecológico: Un representante de las organizaciones o instituciones del sector ambiental que cuenten con personería jurídica.

Comunidades étnicas (indígenas y afrodescendientes): Un representante de las organizaciones o instituciones del sector que cuenten con personería jurídica.

Grupos minoritarios (tercera edad y discapacitados): Un representante de las organizaciones o instituciones que cuenten con personería jurídica.

Sectores obreros, empleados y sector sindical: Un representante de las organizaciones o instituciones que cuenten con personería jurídica.

Sector cooperativo y microempresarial: Un representante de las organizaciones o instituciones del sector que cuenten con personería jurídica.

La selección

Los integrantes del Consejo Territorial de Planeación serán seleccionados y designados por el primer mandatario de las ternas de las organizaciones jurídicamente reconocidas de los diferentes sectores, conforme a los requisitos del Acuerdo Municipal 01 de 1995.

Las organizaciones de los diferentes sectores convocados deberán certificar la vigencia de su personeria jurídica con fecha no superior a tres meses, presentando el acta de reunión en la que se efectúa la postulación y documento explicativo que contenga la información suficiente sobre las actividades realizadas por la organización postulante.

Los requisitos establecidos para los candidatos postulados en la terna son: hoja de vida del candidato y experiencia demostrable en el sector que representa, carta de aceptación del candidato presentado y datos de identificación, dirección y teléfono de contacto.

Las ternas postuladas por los diferentes sectores podrán prensentarse en la Ventanilla Unica del CAM, hasta el miércoles 14 de febrero de 2024.

Quienes sean elegidos como consejeros en 2024, estarán por un periodo de ocho años (hasta 2031). Cabe recordar que cada cuatro años se renueva el 50 % de los miembros del respectivo Consejo Municipal de Planeación, con el objeto de hacer más democrática la participación ciudadana.

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