Cali, marzo 16 de 2025. Actualizado: domingo, marzo 16, 2025 20:12

TEMAS DESTACADOS:

Compromiso por garantizar el desarrollo urbano y la seguridad jurídica de las inversiones.

Alcaldía de Santiago Cali solicita al Tribunal Administrativo del Valle Aclarar los efectos de la nulidad del POT

Frente a la información que viene circulando a través de medios abiertos de comunicación respecto a la sentencia, en segunda instancia, del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, por medio de la cual se declara la nulidad del Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Santiago de Cali, presentado en el año 2014, los Departamentos Administrativos de Gestión Jurídica Pública y Planeación del Distrito de la Alcaldía de Santiago de Cali, se permiten aclarar que:

En las últimas horas, se ha solicitado, al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, se aclaren los efectos de la sentencia, antes de que los efectos de la misma, se materialicen como cosa juzgada.

Esta solicitud se ha realizado dentro de los términos establecidos por la ley (tres días hábiles) y busca mitigar el impacto administrativo, financiero, económico y social que podría llegar a tener esta decisión, así como garantizar la protección de derechos fundamentales y preservar el orden jurídico.

Desde la Alcaldía de Santiago de Cali, reiteramos nuestro compromiso por garantizar la continuidad del desarrollo urbano y la seguridad jurídica de las inversiones, y se continuará trabajando en el proceso de actualización del Plan de Ordenamiento con un enfoque sostenible, dirigido al bienestar de los ciudadanos y la competitividad de la ciudad, ajustando, cada una de las estrategias, conforme a la legalidad y las necesidades actuales del territorio.

¿Qué significa esta nulidad?

• Hasta que el tribunal aclare los efectos de la sentencia, el Acuerdo 0373 de 2014 sigue vigente.

Su marco normativo continúa aplicándose en todos sus alcances y efectos jurídicos.

• Los actos administrativos relacionados con los planes parciales y las licencias urbanísticas, entre otros, no están en riesgo debido a la nulidad del POT.

Desarrollo urbanístico y renovación urbana

• La renovación urbana en el centro de la ciudad y el área de expansión no está en peligro inminente.

Los planes parciales en ejecución se basan en el marco regulatorio del POT 2000 (Acuerdo 069 del 2000), lo que garantiza su legalidad.

• Los planes parciales de renovación urbana y expansión están adoptados bajo el marco regulatorio del POT 2000, incluso en aplicación de la nulidad del POT 2014.

¿Qué pasa con los POT?

• Los POT no tienen una fecha de vencimiento.

Pueden revisarse y ajustarse al inicio de cada nuevo período administrativo de alcaldes, según los periodos establecidos en la ley 388 de 1997.

• La Administración Distrital está comprometida con el desarrollo sostenible, la productividad y el bienestar de los ciudadanos.

Por eso, continuará trabajando en la actualización del Plan de Ordenamiento.

¿Qué es un Plan de Ordenamiento Territorial?

Los POT son instrumentos orientadores del territorio que regulan la utilización, transformación y ocupación del mismo.

Buscan un aprovechamiento sostenible del suelo y mejoran la calidad de vida de los habitantes.

El propósito de la Administración Distrital de Santiago de Cali

• Pese a que las actuaciones presentadas por el tribunal corresponden a una administración anterior; el objetivo de la actual Administración Distrital siempre será garantizar la debida ejecución de los programas y proyectos que buscan impactar de manera positiva la vida de los caleños.

• La Administración Distrital avanza en la estrategia jurídica y técnica procedente, con el ánimo de proteger y salvaguardar los intereses del Distrito y del bienestar general de la ciudadanía caleña en el marco de la seguridad Jurídica.


Banner Canal WhatsApp

Comments

Cargando Artículo siguiente ...

Fin de los artículos

pdf diario

Destacado

PUBLICIDAD
Publicidad
Publicidad
Diario Occidente

Una publicación diaria del Nuevo Diario Occidente S.A. Fundado el 19 de noviembre de 1961

© 1961 - 2025. NUEVO DIARIO OCCIDENTE S.A.
Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin autorización escrita del titular.

Ver mapa del sitio | Desarrollado por: