Cali, abril 3 de 2026. Actualizado: miércoles, abril 1, 2026 21:04

TEMAS DESTACADOS:

Decisiones judiciales

Prevaricato por acción

El prevaricato es una conducta en la que un servidor público incide, cuando emite un dictamen, una resolución o un concepto manifiestamente contrario a lo que dictamina la ley, según lo que se plantea en el artículo 413 del código Penal.

El castigo por esta conducta va desde los 4 a los 12 años de prisión y una multa de 6,66 a 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Sin embargo, cuando se atribuye el delito de prevaricato a un servidor judicial porque se cuestiona la interpretación que da a una norma, la jurisprudencia ha precisado que dicha conducta prohibida se realiza, desde su aspecto objetivo, cuando se presenta un manifiesto distanciamiento entre la decisión adoptada por el servidor público y las normas de derecho llamadas a gobernar la solución del asunto sometido a su conocimiento, así lo afirmó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia en reciente sentencia.

Por otra parte, al momento de incluir el legislador en la descripción del tipo penal un elemento normativo que califica la conducta o el juicio de tipicidad no se limita a la simple constatación objetiva entre lo que la ley manda o prohíbe y lo que con base en ella se decidió.

Comments

Cargando Artículo siguiente ...

Fin de los artículos

pdf diario

Destacado

PUBLICIDAD
Publicidad
Publicidad
Diario Occidente

Una publicación diaria del Nuevo Diario Occidente S.A. Fundado el 19 de noviembre de 1961

© 1961 - 2026. NUEVO DIARIO OCCIDENTE S.A.
Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin autorización escrita del titular.

Ver mapa del sitio | Desarrollado por: