Cali, agosto 16 de 2026. Actualizado: viernes, agosto 14, 2026 21:39

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Alto tribunal así lo aclaró

No pueden modificar requisitos de trámites

El Consejo de Estado amparó los derechos al debido proceso y mínimo vital de un joven abogado que cursó sus estudios de pregrado y posgrado de derecho en el exterior y buscaba convalidar su título en Colombia, pero al cumplir los requisitos, cambió la normativa al respecto.

Según el Ministerio de Educación, hasta diciembre de 2014 se permitía convalidar títulos en derecho con el curso de unas materias específicas o con la presentación del examen Ecaes. Sin embargo, a partir de ese momento, se eliminó la posibilidad de hacerlo con la aprobación del Ecaes y ahora solo se puede hacer a través de la aprobación de algunas materias en derecho.

El demandante señala que cuando consultó al Ministerio sobre los requisitos, estaba la posibilidad de hacerlo con la aprobación de Ecaes, por lo que se preparó para el mismo y lo presentó en noviembre del 2014 y el resultado lo conoció en marzo de 2015, fecha en la cual aún en la página web del Ministerio así lo señalaba. No obstante, cuando quiso hacer su solicitud se le informó que la norma se modificó en diciembre del 2014 y ya no era válida. Por tal razón consideró vulnerado su derecho al debido proceso y al mínimo vital, pues no podía acceder al mercado laboral por no poseer un título que así se lo permitiera.

La Sección Segunda, con ponencia del magistrado Carmelo Perdomo, explicó que la Administración pública está sujeta al principio de buena fe, es decir, que sus actuaciones deben respetar los compromisos a los cuales se han obligado y deben garantizar la estabilidad y durabilidad de las reglas establecidas, y solo puede alterarlas si se otorga un periodo de transición para que los particulares se ajusten a la nueva situación jurídica.

La Sala aclaró que en este caso específico, el Ministerio debió conceder un plazo de gracia a aquellos interesados en el proceso de convalidación que estaban pendientes de la presentación y resultados del examen saber pro, como único requisito faltante para la homologación del título de pregrado en derecho, y no sorprenderlos intempestivamente con un cambio de regulación que les desfavorece.

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