Cali, junio 21 de 2026. Actualizado: viernes, junio 19, 2026 19:53

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Existen riesgos para vendedores y compradores

E-Commerce para Dummies, vea el marco normativo

Por Julián David Ortiz
Consultorio Jurídico
Fundación Universitaria Católica Lumen Gentium

El e-commerce no es otra cosa que extrapolar el comercio y las relaciones que con él ocurren al mundo del internet, permitiendo facilitar y agilizar las interacciones propias de las relaciones comerciales, además de servir como una vitrina gigante para dar a conocer toda clase de servicios y productos a millones de personas en cualquier parte del mundo, se podría decir con plena seguridad que no importa cuál es el servicio o producto ofrecido, en internet siempre habrá alguien con un oferta y una persona dispuesta a pagar por ella.

En esa nueva realidad que es el e-commerce o comercio electrónico, que no es tan nuevo en realidad pero que se ha intensificado con la pandemia, existen riesgos propios del internet para el vendedor y por supuesto, también para el comprador, algunos de los más comunes son el fraude, la estafa o suplantación, que no solo tienen consecuencias jurídicas sino también económicas, de ahí la necesidad de un marco normativo que proteja las dinámicas económicas que se dan en el e-commerce.

En Colombia, el marco normativo del e-commerce tiene como base la ley 527 de 1999, la cual define y reglamenta el uso de mensajes de datos en el comercio electrónico, el decreto 1074 de 2015 que unifica y simplifica otras normatividades previas de tal forma que resulte más sencilla su aplicación por parte de las autoridades competentes, y finalmente, la ley 1480 de 2011 (Estatuto del consumidor) que en su capítulo VI establece una serie de disposiciones que tienen con el fin proteger al consumidor en el comercio electrónico.

¿Qué debe tener presente el consumidor en plataformas de comercio electrónico o el emprendedor que vende a través de ellas?

Lo primero que debe tener en cuenta el consumidor es que sin importar el medio electrónico que use, llámese página web, redes sociales o aplicaciones móviles, esta actividad se estará celebrando bajo un instrumento jurídico llamado contrato de compraventa, en este caso electrónico.

Ese contrato deberá contener un mínimo de requisitos que se recopilan en las leyes y normas que regulan el comercio electrónico en Colombia, estas son:

1. Identidad e información de contacto del vendedor.

2. Las características esenciales del producto.

3. El precio, este debe incluir impuestos y gastos de envió.

4. Las formas en las que se puede realizar el pago, como efectivo, contra entrega, tarjetas de crédito y demás.

5. Las formas de entrega del producto.

6. La disponibilidad del producto.

7. La fecha de entrega estimada del producto.

8. El vendedor debe contar con un sistema de quejas, peticiones, reclamos y felicitaciones y la posibilidad de que el consumidor pueda hacerle seguimiento.

9. El vendedor debe además garantizar el ejercicio del derecho de retracto y el derecho a la reversión de pago cuando haya lugar.

10. El plazo de validez de la oferta o promoción, cuando la haya.

11. Debe contar con un sistema de garantías en caso de defectos del producto o servicio.

Importancia de un soporte

Finalmente, también es recomendable un soporte, que generalmente es la factura electrónica, donde se demuestre la relación comercial y que contenga información como la identidad del consumidor, la voluntad expresa del consumidor que se manifiesta al realizar la compra del producto aceptando con un clic, también la forma en que se realizó el pago del producto o servicio, un soporte de la entrega real y efectiva del producto o servicio y una autorización para el tratamiento de datos personales.

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