Cali, junio 19 de 2026. Actualizado: jueves, junio 18, 2026 20:22

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Duras sanciones para conductores ebrios

La iniciativa establece multas, inmovilización del vehículo, pérdida de licencia y trabajo comunitario para quien sea hallado manejando bajo estado de ebriedad.

Tal como se esperaba, antes de las festividades navideñas, entrará a regir la nueva ley contra los conductores borrachos, al ser aprobada por la Cámara de Representantes, tras lo cual pasa ahora a sanción presidencial para que la ponga en plena vigencia.

En efecto, sólo faltaba que la corporación legislativa le pusiera nombre, con lo cual se completó el trámite reglamentario.

Esta iniciativa modifica el artículo 110 del Código Penal y endurece las penas por los delitos de homicidio y lesiones culposas cometidos por los conductores en estado de embriaguez o bajo el influjo de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

De acuerdo con la representante Adriana Franco, ponente de la iniciativa en la Cámara, estas sanciones serán graduales y dependerán del grado de alcoholemia que se le compruebe al conductor, y de la reincidencia, es decir, de si es la primera, la segunda o la tercera vez.

Además, si el conductor se opone a las pruebas para verificar el nivel de alcohol en la sangre, se le podría suspender la licencia hasta por 10 años.

Con relación a este punto, si se trata de conductores de vehículos de servicio público, de transporte escolar o de instructor de conducción, la multa y el periodo de suspensión de la licencia se duplican.

“Empezamos con sanciones de 90 salarios mínimos legales vigentes, es decir 1’768.500 pesos en grado cero la primera vez que una persona sea sorprendida conduciendo ebria, hasta 720 salarios mínimos ( 28’296.000) para el grado 3 cuando se le encuentre por tercera vez manejando en ese estado”, afirmó la congresista caldense.

El proyecto de ley que busca endurecer las sanciones administrativas y penales a los conductores que manejen en estado de embriaguez, finalmente fue aprobado con 104 votos a favor y 2 en contra.

Accidentes fatales
Las cifras de Medicina Legal indican que los accidentes de tránsito son la segunda causa de homicidio en el país, hecho que deja aproximadamente 6.000 muertos al año y más de 40.000 heridos de gravedad, es decir que cada 85 minutos muere un colombiano por este factor.

Más sanciones
En cuanto a la inmovilización del carro, esta será de un día en grado cero, la primera vez, hasta 20 días, la tercera vez, en grado tres de alicoramiento.

La suspensión de la licencia será de un año, en grado cero, la primera vez y hasta la cancelación definitiva en el grado tres.

Las penas para el homicidio y las lesiones culposas cuando se compruebe que estas las ocasionó un conductor en estado de ebriedad, se aumentaron, de manera que la mínima quedó en 4 años y 4 meses, lo que la hace excarcelable.

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