Cali, junio 20 de 2026. Actualizado: viernes, junio 19, 2026 19:53

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El sufragio se entiende como un derecho político

Derecho al voto en Colombia coarta la libertad de miembros de la Fuerza Pública

Lina Marcela Murillo Ordóñez
Consultorio Jurídico Fundación Universitaria Católica Lumen Gentium, Unicatólica.

El sufragio se entiende como un derecho político y constitucional que permite a la ciudadanía participar en eventos electorales mediante el voto, con el cual se pueden elegir cargos públicos y tomar decisiones políticas.

Este actuar en Colombia se encuentra restringido para un grupo específico de personas, lo que impide concebirlo de forma amplia como parte de la democracia, basada en la idea de una participación universal sin restricciones, que desconozcan la igualdad que cada persona tiene como ciudadano frente a este actuar.

Actualmente, los miembros de la Fuerza Pública en Colombia no pueden ejercer el derecho al voto por disposición constitucional. El artículo 219 de la Constitución Política establece que los militares y policías en servicio activo no podrán sufragar ni intervenir en actividades o debates políticos.

Esta norma vigente pretende garantizar la imparcialidad, la obediencia y la disciplina de la Fuerza Pública, así como su sujeción a la autoridad civil. Además, se sostiene que esta prohibición procura evitar que la Fuerza Pública se involucre en intereses partidistas o electorales que puedan afectar su imparcialidad y neutralidad.

Al tener en cuenta lo anterior, y que el derecho al sufragio se encuentra escrito en la misma Constitución Política, surgen varias dudas al respecto: primero ¿por qué a los miembros de la Fuerza Pública se les vulnera su derecho a sufragar como cualquier otro ciudadano? Pues, no debería ser un impedimento su investidura para ejercer con responsabilidad un derecho fundamental. Segundo, ¿por qué en un Estado Social de Derecho se restringe un derecho fundamental?

Colombia es un estado garantista de todos los derechos, pero frente al derecho al sufragio de los miembros de la Fuerza Pública, este se coarta con el fundamento de un supuesto, que puede o no pasar si se le permite el derecho al sufragio a este grupo de personas. Y por último, ¿puede ser universal un derecho que no se le garantiza a toda la población?

Ahora bien, existen países como Argentina, Bolivia, Perú, entre otros, que permiten el sufragio de los integrantes de la Fuerza Pública, respetando de esta manera el derecho que tienen como individuos, dado que antes de ser miembros de esta organización son personas a quienes se deben respetar sus derechos. Además, su comportamiento para lograr ser parte de la Fuerza Pública debe ser ejemplar. Entonces, ¿por qué coartar el derecho al sufragio de un ciudadano ejemplar?

Por la razón anterior, algunos sectores han propuesto que se les permita sufragar a los miembros de la Fuerza Pública, tal como el proyecto de acto legislativo 30 de 2022 presentado ante el Senado de la República de Colombia, argumentando que se trata de un derecho fundamental y una forma de reconocer su labor y dignidad.

No obstante, la propuesta presentada también genera controversia y resistencia, pues implica modificar la Constitución y el Código Electoral, así como generar las condiciones logísticas y jurídicas para garantizar un voto libre y secreto de los integrantes de la Fuerza Pública. ¿Cuál es su postura al respecto?
El Consultorio Jurídico de Unicatólica recibe sus consultas en el siguiente correo:
consultoriojuridico@unicatolica.edu.co

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