Que en el nuevo proceso de elección de personeros y contralores –que apenas se estrena- intervengan instituciones de educación superior públicas o privadas o entidades especializadas en procesos de selección de personal –que deben ser contratadas por los concejos y asambleas-, no quiere decir que las decisiones dejen de ser políticas.
Si bien los elegibles serán determinados mediante un concurso de méritos, la competencia electoral sigue siendo de las corporaciones públicas, es decir, que la entidad contratada recibe las hojas de vida, evalúa, califica y determina quienes cumplen con los requisitos para ocupar esos cargos, pero son los concejos y las asambleas los que deciden.
Si bien, según el decreto 2485 de 2014, la lista de los elegibles debe presentarse en estricto orden de mérito, las corporaciones no están obligadas a elegir a quien obtenga la mayor calificación… Ahí está el quiebre que permite que la elección, a pesar del proceso, siga siendo política y que se elija personero y contralor a quien asuma compromisos con los miembros de la coalición mayoritaria de la respectiva corporación, que no necesariamente será el mejor…
En resumen, la determinación de los elegibles, que es competencia de las universidades y entidades especializadas en selección de personal, será con base en los méritos, mientras que la elección, que le corresponde a los concejos y asambleas… Vaya uno a saber…
Así es que si usted cree cumplir con los requisitos para reemplazar a Andrés Santamaría en la Personería de Cali, a Gilberto Hernán Zapata en la Contraloría de Cali o a Adolfo Weybar Sinisterra en la Contraloría del Valle, además de su hoja de vida, revise sus contactos en el Concejo o en la Asamblea, porque sin apoyo político no le será suficiente, por más méritos que tenga.
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