Cali, junio 27 de 2026. Actualizado: sábado, junio 27, 2026 00:07
Obligar a los medios a revelar sus fuentes expone al peligro a los ciudadanos que suministran información.
La reserva de la fuente de la fuente no es un capricho periodístico, si no un mecanismo de protección para quienes suministran información valiosa de interés público. Es claro que quienes suministran información sobre hechos ilegales a los medios de comunicación requieren la reserva de su identidad para evitar represalias en su contra.
Por eso llama la atención que la Corte Suprema de Justicia haya dejado vigente un fallo del Tribunal Superior de Bogotá que ordenó a la revista Dinero revelar las fuentes de una investigación, en respuesta a una acción legal interpuesta por una ciudadana que se declaró afectada por una publicación. Los medios de comunicación no son intocables y no deben pretender serlo.
Cuando cometen una imprecisión, deben rectificar, y cuando alguna autoridad judicial lo requiera deben suministrar los soportes de lo que publican, pero jamás revelar la identidad de sus fuentes.
El secreto profesional, que en el caso del periodismo aplica para la protección de la identidad de las fuentes, es tan importante que la propia Constitución Nacional lo consagra en su artículo 74, en el que lo establece como “inviolable”.
En muchos casos la entrega de información a un medio de comunicación es la única forma que tiene un ciudadano de dar a conocer un hecho irregular con la garantía de que su identidad será protegida; ¿cuántos escándalos de corrupción y abusos se han revelado en este país gracias a ello?
El fallo de la Corte Suprema es de forma, pues publicaciones Semana, propietaria de la revista Dinero, presentó un recurso de manera extemporánea, ojalá la Sala Laboral del mismo tribunal, que revisará el fallo, valore el tema de fondo y eche para atrás una decisión que podría acabar con una poderosa herramienta para enfrentar la corrupción y el abuso de poder.
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