Cali, noviembre 7 de 2026. Actualizado: viernes, noviembre 6, 2026 23:40
En Colombia casi todos los debates, por no decir que todos, se politizan, las discusiones de fondo son reemplazadas por argumentos que cada quien defiende desde la óptica de su convenciencia. Eso, precisamente, es lo que está ocurriendo con el caso del exministro Andrés Felipe Arias, a quien, luego de una larga batalla jurídica, la Corte Constitucional le abrió la posibilidad de revisar su condena en segunda instancia.
Como los hechos por los que fue procesado se dieron dentro de las funciones que desempeñaba como ministro de Agricultura, Arias tiene la condición jurídica de aforado y en la legislación colombiana los ciudadanos cobijados por esta figura (altos funcionarios del Estado) no tienen derecho a una segunda instancia, algo que es una desigualdad jurídica, pues les niega un derecho que los no aforados, que son la gran mayoría de los colombianos, sí tienen.
En ese sentido, es un error personalizar el debate sobre la segunda instancia para los aforados en la figura de Andrés Felipe Arias, porque reduce los argumentos a las simpatías o antipatías políticas que despierta. Lo que hay de fondo es la revisión de un asunto muy importante que está incompleto en la legislación colombiana.
La Corte Constitucional está para eso, para revisar la constitucionalidad de las actuaciones legales, y negar la segunda instancia en un proceso jurídico va en contra de los principios en los que se soporta nuestra Carta Magna, especialmente el de la igualdad de todos los colombianos ante la ley, por lo tanto, es un error que hay que corregir.
Desde 1991 hay 233 condenados en una sola instancia en Colombia, a todos se les debería reconocer este derecho. Otra cosa es que puedan demostrar su inocencia.
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