Los encargados de la oficina de la Subdirección de Catastro Municipal como que desconocen el espíritu de la Ley Antitrámites, Ley 962 de 2005, que busca una nueva relación del Estado con los ciudadanos, generar eficiencia en la administración pública y hacerle más amable la vida a los usuarios.
Olvidan que en la práctica eso significa acabar con las filas, lograr agilidad y suprimir trámites innecesarios.
De lo contrario, respetarían el tiempo de los ciudadanos y el Municipio ocuparía en algo más útil a los encargados de la ventanilla donde comunican lo que hubieran relacionado en la citación escrita. Pero la Subdirección de Catastro es anacrónica, inclusive notifica mal a los ciudadanos y les advierte la aplicación de normas contenciosas por la apatía ante sus coercitivos “actos administrativos”.
Varios ciudadanos fueron notificados, no como se exige, lo hicieron sin indicar el motivo y advirtiéndoles que vencidos los cinco días los fijarían en cartelera. Ese fue el viacrucis de los comparecientes, que en un principio pensaron los hubieran confundido con deudores morosos del impuesto predial o tal vez que pretendieran cambiar de estrato a sus inmuebles.
Empezó en la ventanilla 2 y continuó en la 9 donde recibieron un papelito que relaciona los documentos a fotocopiar, para actualizarles como nuevos propietarios.
Pregunto: ¿Por qué hacer ir varias veces a los ciudadanos, obligándoles a interminables colas por algo tan sencillo que apenas requiere de una sola presentación o tal vez la remisión de documentos vía Internet? Señores de la Subdirección de Catastro: tienen que guiarse por la Ley Anti trámites, pero, sobre todo, indicarle a los ciudadanos el por qué y para qué de sus citaciones.
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