Cali, octubre 28 de 2026. Actualizado: martes, octubre 27, 2026 21:19
Para financiar el Presupuesto General de la Nación (PGN), se podrán utilizar los saldos de las cuentas corrientes y de ahorro que hayan permanecido inactivas por un periodo mayor a un año. Así quedó establecido en el artículo 78 del PGN aprobado por el Congreso y que queda listo para sanción presidencial.
Aunque la iniciativa contempla el uso de estos recursos por parte del Gobierno, también establece condiciones para su uso, entre ellos un límite del saldo y la devolución del dinero en caso de que el titular de la cuenta solicite la reactivación de la misma o pida el reembolso del saldo ante la entidad financiera.
En cuanto al límite para su uso, se establece que el saldo no debe superar los 322 UVR (Unidad de Valor Real. 100 UVR equivalen a 26.709,35 pesos colombianos), es decir $92.000.
Así mismo, se insiste en que se deberá devolver el saldo cuando el titular de la cuenta inactiva solicite reactivarla o pida el dinero de conformidad con las disposiciones vigentes.
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