Cali, abril 5 de 2026. Actualizado: miércoles, abril 1, 2026 21:32
Son muchas las preguntas que tienen los electores, aquí respondemos algunas de las más comunes (con información de la Registraduría Nacional del Estado Civil). Al final de este contenido encuentre el link para consultar su puesto de votación.
Pueden votar todos los colombianos mayores de edad, que residan dentro o fuera del país y tengan su cédula inscrita en el censo electoral, el 29 de mayo entre las 8:00 a. m. hasta las 4:00 p. m
Los sufragantes, en el país y en el exterior, solamente deberán presentar la cédula de ciudadanía amarilla con hologramas o la cédula digital, en físico o en el celular. No se permite votar con la contraseña o con otro documento.
Sí, al tratarse de una elección ordinaria, el sufragante, después de depositar su voto en la urna, recibirá el certificado electoral.
Únicamente los ciudadanos que expidieron su cédula entre el 1 de enero de 1988 y el 7 de enero de 2003 y que nunca se han inscrito en otro puesto de votación.
No, el único documento válido para votar es la cédula de ciudadanía amarilla con hologramas o la cédula digital, en físico o en el celular. La contraseña, la libreta militar, el pase de conducción, entre otros, no son documentos válidos.
Todos los colombianos residentes en el exterior, que estén incluidos en el censo electoral o hayan realizado la inscripción de su cédula en las fechas estipuladas por la Registraduría Nacional del Estado Civil, por cambio de lugar de residencia.
La Constitución Política de Colombia, en su artículo 219, señala que los miembros de la Fuerza Pública no podrán ejercer el derecho al sufragio, mientras permanezcan en servicio activo.
Sí, siempre y cuando su cédula de ciudadanía haya sido expedida después del 8 de enero de 2003, puede votar en el puesto que le asignó la Registraduría, cercano al lugar donde tramitó su documento.
No. Los colombianos pueden votar únicamente en el lugar de votación en el que tiene inscrita su cédula de ciudadanía.
No. A las 4:00 p. m. se cierran las mesas de votación. Si aún hay ciudadanos haciendo fila, no podrán votar después de esa hora. Únicamente podrá votar el ciudadano que en ese momento haya entregado su cédula de ciudadanía al jurado de votación.
El ciudadano deberá devolver a los jurados de votación la tarjeta electoral incorrectamente diligenciada, la cual será anulada por parte de los jurados y podrá solicitarles una nueva tarjeta electoral.
El ciudadano recibe el certificado electoral una vez deposite la tarjeta electoral en la urna.
No. De acuerdo con el Decreto de orden público que expide el Gobierno Nacional para cada evento electoral, durante la jornada de votación no podrán usarse, dentro del puesto de votación, teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de vídeo entre las 8:00 a. m. y las 4:00 p. m.
Se exceptúa a los ciudadanos que se identifiquen ante el jurado de votación con la cédula digital y los testigos electorales después de las 4:00 p. m. al momento del escrutinio de mesa.
Los menores pueden acompañar a sus padres a votar; sin embargo, por seguridad y para realizar rápidamente el proceso de votación evitando aglomeraciones, se recomienda no llevar a los menores de edad.
No existe ninguna prohibición sobre el ingreso de mascotas a los puestos de votación; sin embargo, por seguridad, se recomienda a los votantes abstenerse de llevar mascotas en la jornada electoral.
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Foto: Alcaldía Mayor de Bogotá
Le puede interesar:Vea cuáles son los beneficios que otorga el certificado electorSon múltiples los beneficios que se ofrecen a los ciudadanos que decidan ejercer su derecho al voto, entre estos se encuentran: Derecho a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para cumplir su función como elector. |
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