Cali, mayo 1 de 2026. Actualizado: jueves, abril 30, 2026 22:11
Apartir de hoy se aplicarán sanciones económicas por nuevo Código de Policía
Desde hoy se empezarán a aplicar multas económicas por el nuevo Código Nacional de Policía, Ley 1801 del 2016, que contiene 243 artículos sancionatorios basados en la sana convivencia.
“De manera consecuente se han establecido entre 4.000 y 4.500 comparendos sancionatorios por diferentes acciones contrarias a la convivencia.
Los más frecuentes fueron consumo de bebidas embriagantes en espacio público; riñas o confrontaciones violentas e irrespeto a la autoridad”, manifestó el teniente Alberto Valero Bejarano, asesor jurídico de convivencia y seguridad ciudadana de la Policía Metropolitana de Cali.
Según el artículo 180, las multas generales a las que se verán sometidos los ciudadanos se clasifican en:
Multa Tipo 1: Cuatro (4) salarios mínimos diarios legales vigentes, aproximadamente $98.360.
Multa Tipo 2: Ocho (8) salarios mínimos diarios legales vigentes, aproximadamente $196.720.
Multa Tipo 3: Dieciséis (16) salarios mínimos diarios legales vigentes, aproximadamente $393.440.
Multa Tipo 4: Treinta y dos (32) salarios mínimos diarios legales vigentes, aproximadamente $786.880.
A continuación encontrará algunas de las sanciones estipuladas en el nuevo Código Nacional de Policía.
Dentro del transporte público
■ Consumir alimentos, bebidas o derivados del tabaco o sustancias cuando estén prohibidas: $98.360.
■ Impedir el ingreso o salida prioritaria a mujer embarazada, adulto mayor, persona con niños o niñas, o personas con discapacidad: $98.360.
■ Evadir el pago de la tarifa: $196.724.
■ Dañar, bloquear y destruir puertas de estaciones o buses de articulados del sistema masivo de transporte: $393.440.
■ Ingresar o salir de las estaciones o portales por sitios distintos a las puertas designadas para el efecto: $98.360.
■ Perturbar en los medios de transporte públicos, la tranquilidad de los demás ocupantes mediante cualquier acto molesto: amonestación.
Medio ambiente
■ Arrojar residuos sólidos y escombros en sitios de uso público, no acordados ni autorizados por autoridad competente: participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia.
■ Sacar la basura en horarios no autorizados por la empresa prestadora del servicio o en sitio diferente al lugar de residencia o domicilio: participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia.
■ No recoger los residuos sólidos en los horarios establecidos por la misma empresa recolectora, salvo información previa debidamente publicitada, informada y justificada: $786.880 por cada hora de retraso.
■ Arrojar en las redes de alcantarillado, acueducto y de aguas lluvias, cualquier objeto, sustancia, residuo, escombros, lodos, combustibles y lubricantes, que alteren u obstruyan el normal funcionamiento: $786.880.
Agresiones
■ Agredir física o verbalmente a miembros de la comunidad LGBTI (Lesbianas, Gays, Transexuales, Bisexuales e Intersexuales): $786.880.
■ Utilizar dispositivos con cámara o video de cualquier tipo en lugares privados sin consentimiento salvo justificación legal: $98.360.
■ Permitir, auspiciar, tolerar o inducir o constreñir el ingreso de los niños, niñas y adolescentes a fiestas para adultos donde haya licor y drogas: $786.880.
Tenencia de mascotas
■ No recoger los excrementos de su mascota: $98.360.
■ No tener póliza para perros: $786.880.
■ No ponerle un collar o bozal a un perro potencialmente peligroso: $196.724.
■ El dueño de un perro potencialmente peligroso no podrá pasearlo estando en estado de embriaguez o bajo la influencia de otras sustancias: $196.724.
En el espacio público
■ Realizar necesidades fisiológicas en el espacio público: $786.880. Adicionalmente podría realizar programa o actividad pedagógica de convivencia.
■ Consumir bebidas alcohólicas, sustancias psicoactivas o prohibidas en estadios, coliseos, centros deportivos, parques, hospitales, centros de salud y en general, en el espacio público, excepto en las actividades autorizadas por la autoridad competente: $196.720 y destrucción de bien.
■ Ejercer el trabajo sexual por fuera de las zonas u horarios asignados: $786.880. Además, al responsable del lugar donde ejerce la actividad suspensión temporal de actividad.
■ Llamadas que se hagan a la línea de emergencia 123 que sean para realizar bromas o reportar falsas emergencias: $786.880. Además realizará participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia. Las multas impuestas se cargarán a la factura de cobro del servicio de la línea de la cual se realizó la llamada.
■ Agredir, irrespetar o desafiar a un Policía: $786.880 y participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia.
Fin de los artículos
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