Cali, junio 10 de 2026. Actualizado: miércoles, junio 10, 2026 21:47

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En Cali se habilitaron 35 puntos para denunciar estas conductas

Conozca los delitos electorales

La ley colombiana estipula 11 conductas como delitos electorales,  todas ellas con penas privativas de la libertad. A continuación explicamos cada una de ellas.

– Perturbación del certamen democrático: maniobra engañosa que perturbe o impida votación pública relacionada con los mecanismos de participación democrática. Pena entre 4 a 9 años.

– Constreñimiento al sufragante: persona que utilice las armas o amenace por cualquier medio a un ciudadano con el fin de obtener apoyo o votación por determinado candidato. Pena de 4 a 9 años de prisión.

– Fraude al sufragante: El que mediante maniobra engañosa, obtenga que un ciudadano vote por determinado candidato.. Pena de 4 a 8 años.

– Corrupción al sufragante: quien prometa, pague o entregue dinero o dádiva a un ciudadano para que consigne su voto a favor de un candidato, pena de 48 a 90 meses.

– Voto fraudulento: El que suplante a un ciudadano o vote más de una vez. Pena de 4 a 8 años.

– Favorecimiento al voto fraudulento: El servidor público que permita suplantar a un ciudadano o votar más de una vez. Pena de 4 a 8 años.

– Mora en la entrega de documentos relacionados con una elección: El servidor público que no haga entrega oportuna a la autoridad competente de registro electoral. Pena de 16 a 54 meses.

– Alteración de resultados: El que por medio distinto de los señalados en los artículos precedentes altere el resultado de una votación. Pena  de 4 a 8 años.

– 9. Ocultamiento, retención y posesión ilícita de cédula: El que haga desaparecer, posea o retenga cédula de ciudadanía ajena o cualquier otro documento necesario para el ejercicio del derecho al sufragio. Pena de 4 a 8 años.

– 10. Denegación de inscripción: El servidor público a quien legalmente corresponda la inscripción de candidato o listas de candidatos para elecciones populares que no cumpla con esta función o la dilate o la entorpezca. Pena de 16 a 54 meses.

– 11. Fraude a inscripción de cédulas: Delito conocido como trashumancia (trasteo de votos), que se da cuando por medios indebidos se desplazan a ciudadanos habilitados para votar a un lugar diferente al que residen. Pena de 4 a 9 años.

¿Dónde denunciar?
La Secretaría de Gobierno, la Registraduría y la Policía Metropolitana hacen un llamado a la ciudadanía a que denuncie cualquier caso de irregularidad en los puestos de votación. Para tal fin, se han ubicado mesas de justicia en 35 zonas electorales a saber:
Institución Universitaria Antonio José Camacho,  Colegios: Miguel Camacho Perea , Santa Isabel De Hungría , Leon De Greiff , Jose Maria Vivas Balcazar , Hernando Navia Varón , Comfandi , Benett, Ciudad Córdoba; Escuelas; Montebello, Carlos A. Sardi , Rafael Zamorano , Celmira Bueno De Orejuel , San Luis , Manuel María Mallarino , Olga Lucía Lloreda , San Roque , Rodrigo Lloreda , Bartolomé Loboguerrero , Gabriela Mistral , Pablo Neruda , Luis E. Nieto Caballero , Santa Isabel De Hungría San Felipe , Estadio Pascual Guerero, Unidad Deportiva Panamericana Cancha De Tejo; en las Instituciones educativas: Manuel María Mallarino, Agustín Nieto Caballero, 10 de mayo, Juana De Caicedo Y Cuero , Puerta Del Sol y Jose Celestino Mutis , Instituto Central De Comercio, en la CVC, Polideportivo Los Guaduales, Instituto Técnico Comercial Las Américas.

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