Cali, octubre 7 de 2024. Actualizado: lunes, octubre 7, 2024 17:39

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La contraprestación económica pactada por el Estado

Regalías…la crónica de un déficit anunciado

Por Estefanny Pardo
Senior counsel en Holland & Knight

La situación crítica frente a las regalías y que hoy tienen en déficit las finanzas del país, es necesario conocerla en detalle para no repetir la historia por tercera vez.

Las regalías, según nuestra Constitución Política son una contraprestación económica que se pacta por la explotación de un recurso natural no renovable.

Esto significa que el Estado permite la explotación de un recurso propio a cambio de que se le pague en dinero o en especie un porcentaje de lo efectivamente explotado.

Como logísticamente no es posible, hasta ahora, que el Estado recoja en especie su porcentaje de regalías, exige que se le pague en dinero una vez ese recurso sea vendido local o internacionalmente.

Con esta metodología se beneficia al Estado de los precios altos del mercado nacional o extranjero.

Por ejemplo, en regalías, según el último reporte de la ACM, el sector minero pagó en impuestos y regalías 20,5 billones de pesos en el año 2022 , lo que evidentemente demuestra que el sector tiene una importante posición tratándose de finanzas públicas.

Sin embargo, desde la presentación de la reforma tributaria en el año 2022 que fue aprobada por el Congreso de la República a través de la Ley 2277 de 2022 el sector extractivo vivió épocas de incertidumbre jurídica por cuenta de una disposición de la reforma que planteaba que las regalías pagadas por el sector minero energético no eran deducibles de su impuesto de renta.

En palabras más sencillas, esto significa que el porcentaje de las regalías que le pertenecía al Estado debía tenerse como un ingreso directo del pagador, llámese titular minero o petrolero, a pesar de que ese ingreso nunca fue del titular, pues siempre le perteneció al Estado Colombiano.

Esta discusión, se había dado en el pasado, pues anteriormente la DIAN había emitido unos conceptos donde se señalaba que las regalías no eran deducibles, situación que fue resuelta por el Consejo de Estado quien ratificó que las regalías no eran un ingreso, sino un costo y en consecuencia podían ser deducibles en algunos casos específicos.

Lamentablemente, esta historia se olvidó y el actual gobierno en 2022 volvió a traer a colación la prohibición según la cual las regalías no eran costos ni gastos y por ende no podían ser deducidos.

Esta disposición de la Ley 2277 de 2022 fue revisada por la Corte Constitucional quien después de un año de arduo debate público declaró inexequible el artículo 19 de la Ley 2277 de 2023 que prohibía la deducción de las regalías mineras del impuesto sobre la renta.

No contento con esta decisión, el Gobierno presentó un incidente de impacto fiscal dentro del mismo trámite con el objetivo de plantear alternativas para diferir las consecuencias de la inexequibilidad hasta el año 2025.

Las alternativas que se planteaban en términos generales proponían diferir los plazos para que las regalías pagadas en 2023 y 2024 no fueran deducibles.

La Corte ratificó la posición del fallo y negó el incidente indicando que el Ministerio de Hacienda no había demostrado que la sentencia produjera alteraciones serias de la sostenibilidad fiscal.

Con esta decisión, claramente el Gobierno quedo con un déficit futuro de 3,4 billones de pesos que recaudó en 2023 y que ahora tendrá que devolver a las mineras y petroleras.

Sin lugar a duda, conocer la historia normativa y mucho más cuando de dinero se trata es más que necesario para evitar escenarios críticos como el actual que plantean un golpe claro al erario público.


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