Cali, agosto 8 de 2026. Actualizado: viernes, agosto 7, 2026 21:14

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Regulan el proceso de administración de datos personales

Derecho de hábeas data

El hábeas data es el derecho que tiene toda persona de actualizar, conocer y rectificar que se haya coleccionado sobre ella en bancos de datos de naturaleza pública o provada.

Según la Corte Constitucional lo es “el derecho que otorga la facultad al titular de datos personales de exigir de las administradoras de esos datos el acceso, inclusión, exclusión, corrección, adición, actualización y certificación de los datos, así como la limitación en las posibilidades de su divulgación, publicación o cesión, de conformidad con los principios que regulan el proceso de administración de datos personales”.

“Asimismo, ha señalado que este derecho tiene una naturaleza autónoma que lo diferencia de otras garantías con las que está en permanente relación, como los derechos a la intimidad y a la información”, concluyó la Corte.

Titular
Es la persona natural o jurídica a quien hace alusión la información que sosiega en un banco de datos.

Fuente
Es la persona u organización que recibe o conoce datos personales de los titulares de la información, en virtud de una relación comercial o de servicio o de cualquier otra índole y que, en razón de autorización legal o del titular, suministra esos datos a un operador de información, el que a su vez los entregará al usuario final.

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