La ley en Colombia permite el consumo de estupefacientes cuando existe prescripción médica.
Sin embargo, no hay un marco regulatorio que desarrolle el precepto constitucional para el cannabis medicinal, que permita un acceso seguro a productos farmacéuticos de calidad a precios controlados.
Los principios rectores en la nueva ponencia sobre cannabis medicinal son: seguridad, acceso, calidad y precio cuando se trate del consumo de estos productos terapéuticos.
Lo que pretende el proyecto de ley es permitirle a los colombianos que sufren enfermedades crónicas o terminales que en condiciones de igualdad, bajo un marco de no discriminación, accesibilidad física y asequibilidad económica puedan obtener gotas, ungüentos o vaporizadores terapéuticos a base de cannabis.
Este esfuerzo de regulación, que no es de legalización del uso recreativo de la marihuana, ofrece a los colombianos una herramienta compasiva para el manejo de los síntomas provocados por enfermedades crónicas como la diabetes, la epilepsia, el Alzheimer, el cáncer o la esclerosis.
Al mismo tiempo, responde de forma eficaz a las consecuencias negativas que ha traído un enfoque prohibicionista de las drogas, pues incluye un componente pedagógico para concientizar y prevenir los riesgos para la salud del consumo problemático del cannabis.
No por ser una medicina, es inofensiva. Por eso, atenderemos de manera efectiva el consumo de esta sustancia en menores de edad creando obligaciones para toda la comunidad educativa.
Ahora, no solo los colegios y sus directivas deberán atender este asunto, sino también deberán hacerlo los educadores, padres de familia o acudientes de los estudiantes, egresados, directivos docentes y administradores escolares. En conclusión, el problema del consumo ahora será un asunto de todos, ya no habrá lugar a que las instituciones o la familia se “tiren la pelota”.
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