Históricamente la comunidad Lgbti (siglas que designan internacionalmente a hombres y mujeres homosexuales, bisexuales, transexuales e intersexuales) ha sufrido tratos discriminatorios.
El Congreso de la República no puede ser indiferente a esta realidad; por eso radicamos una ponencia dirigida al reconocimiento de las garantías que la Constitución les ha dado. Nuestra tradición liberal y democrática en defensa de la igualdad de derechos y la libertad del ciudadano nos impone una concepción que busque garantizar el bienestar de toda la población y mejorar su calidad de vida.
Como resultado de una discriminación que ha sido permanente, se han desencadenado mitos y falsos dilemas, por ejemplo, consideran su orientación sexual como propia de seres patológicos o clasificarlos como ciudadanos de segunda categoría. Sin embargo, no hay evidencias que demuestren que la preferencia sexual es sinónimo de enfermedad o disminución de garantías constitucionales.
La Corte Constitucional reconoció la notable segregación entre unos ciudadanos y otros por su preferencia sexual.
La Corte en su jurisprudencia exhortó al Congreso de la República a diseñar la debida regulación y protección de las personas que tienen una orientación diferente a la heterosexual. A pesar de ello no se ha cumplido con lo estipulado, dejando un vacío jurídico y un campo de desprotección legal para esta comunidad.
El Congreso de la República no puede abandonar su función legislativa y debe avanzar en dar respuestas justas e inclusivas a los desafíos que las sociedades y los gobiernos enfrentan.
Esperamos un debate que supere las expectativas y trascienda hacia un ejercicio progresista para defender los principios de igualdad, equidad y transformar desde ahí las realidades democráticas de los colombianos.
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