La mayoría de las asambleas societarias se realizan durante el mes de marzo, una circunstancia que obedece a que es justamente marzo el último mes del plazo que confiere la ley para convocar a dichas reuniones.
En estas asambleas llamadas ordinarias existe ya un orden del día establecido en el que uno de sus puntos es el de “aprobar los estados financieros”. Y para que la aprobación se dé legalmente se requiere de una votación en la que los accionistas o socios que no forman parte de la administración son los únicos facultados para votar; esto con dos propósitos: que los administradores no funjan como juez y parte y proteger a los socios que no forman parte de la administración. A raíz de mi experiencia he podido constatar un hecho muy preocupante que ocurre cuando los estados financieros no son aprobados. El aspecto preocupante al cual hago referencia es el de que aún con estados financieros no aprobados una sociedad puede continuar operando y ejerciendo el comercio sin que los organismos de control interfieran. Incluso –y lo escribo por experiencia personal- la sociedad con estados financieros no aprobados puede renovar cada año su matrícula mercantil ante la Cámara de Comercio sin impedimento alguno, continuar operando año tras año indefinidamente y beneficiarse con créditos de terceros quienes confían en la renovación de la licencia de funcionamiento. A raíz de este hecho he llegado a la triste conclusión de que el acto de aprobación de estados financieros en las asambleas ordinarias es un “saludo a la bandera” y que los organismos de control como la Superintendencia de Sociedades y la Cámara de Comercio son absolutamente indiferentes.
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