El artículo 74 de la Constitución establece: “El secreto profesional es inviolable”.
Este principio es un pilar ético fundamental que garantiza el ejercicio adecuado de varias profesiones que manejan información sensible y confidencial.
¡Por eso la Constitución lo protege!
Existen múltiples áreas donde el secreto profesional es indispensable, no solo para preservar la confianza depositada en los expertos, sino porque esa confianza permite el correcto funcionamiento de la sociedad.
Médicos, abogados, psicólogos e incluso contadores están obligados a guardar confidencialidad con sus pacientes y clientes. En otro plano, el sigilo sacramental de los sacerdotes, que impide revelar lo escuchado en confesión, es también una expresión profunda de este compromiso ético.
Sin embargo, es en el periodismo investigativo donde la protección de las fuentes se convierte en un derecho esencial para el funcionamiento de una democracia.
Si los periodistas no garantizaran el anonimato a sus informantes, muchos actos de corrupción y abusos de poder quedarían ocultos.
Un ejemplo histórico fue el escándalo Watergate en 1974, cuando gracias a una fuente anónima conocida como “Garganta Profunda”, se destapó el financiamiento ilegal de la campaña de Nixon, el espionaje político y la obstrucción de la justicia.
Estas revelaciones forzaron su dimisión.
A raíz de lo que está sucediendo con la periodista Vicky Dávila y su tweet: “La fiscalía de Camargo quiere interceptarme “legalmente” con una denuncia falsa para conocer mis investigaciones sobre la corrupción en el gobierno Petro y quiere identificar mis fuentes.”
Cabe preguntarnos… ¿habrá en Colombia un “Garganta Profunda”? Si lo hay, la prensa libre y la Constitución deben garantizar su anonimato.
Sólo así se puede proteger la verdad y salvaguardar el interés público.
Comments
Fin de los artículos
No hay más artículos para cargar







