Cali, mayo 21 de 2026. Actualizado: miércoles, mayo 20, 2026 21:24
Cali Distrito Especial es un proyecto presentado por la Administración Distrital que plantea organizar la ciudad mediante 7 localidades; 6 urbanas y una exclusivamente para los corregimientos.
Lo integran seis grandes títulos y 104 artículos donde se establecen el Modelo de Gestión y Planeación Distrital, el presupuesto participativo, la creación de los Fondos de Desarrollo Local, entre otros.
Los alcaldes que se elegirían en cada una de estas siete localidades, según lo propone el Proyecto de Acuerdo 217 de 2023.
Estos mandatarios tendrán más de 63 responsabilidades, por lo que para nominarlos debe tenerse en cuenta a personas con perfiles idóneos, capaces de asumir esas funciones.
Veinte de estas obligaciones se consideran generales y están relacionadas con cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, los decretos del gobierno, las ordenanzas, los acuerdos distritales y las decisiones de las autoridades distritales.
1. Presentar, objetar y sancionar, ante la Junta Administradora Local los proyectos de acuerdo locales que demande la buena marcha de la localidad.
2. Remitir dentro de los tres (3) días siguientes de la sanción del acuerdo local, una copia al alcalde distrital, para la revisión jurídica.
3. Reglamentar los acuerdos locales.
4. Representar legalmente el Fondo de Desarrollo Local, ordenar sus gastos, dirigir y coordinar la acción del Distrito en la localidad.
5. Formular el Proyecto de Presupuesto Anual de la localidad y remitir al COMFIS Distrital para concepto, previo a su presentación ante la Junta Administradora Local.
6. Presentar el proyecto del Presupuesto Anual de la localidad ante la Junta Administradora Local para su adopción, dentro de la oportunidad legal.
7. Liquidar el Presupuesto Anual de la localidad.
8. Gestionar y recibir recursos de cooperación internacional de carácter no reembolsable, asignados o donados al Fondo de Desarrollo Local, previa certificación de recaudo expedida por el Depto.
Administrativo de Hacienda o quien haga las veces, e informar de su incorporación a este organismo y a la respectiva Junta Administradora Local.
9. Realizar la adecuación, mejoramiento y mantenimiento de obras, dotación de equipamientos educativos, culturales, turísticos, deportivos y los que demande la buena marcha de la localidad.
10. La construcción de obras de infraestructura vial, de escala local, de acuerdo con la normativa vigente. El interventor de los contratos que se celebren será definido por el alcalde distrital.
11. Incluir dentro del Plan de Desarrollo Local, las obras, bienes y servicios que la comunidad defina como prioridad para su localidad, a través de los encuentros ciudadanos.
12. Articular y coordinar en su respectiva localidad las políticas distritales de cada sector.
13. Presentar informes de su gestión a la ciudadanía, a los órganos de control y a las autoridades locales y distritales que los requieran.
14. Cumplir con las obligaciones tributarias y contables, conforme a las normas emitidas por las autoridades competentes.
15. Implementar los lineamientos impartidos desde el nivel central en materia de los Sistemas de Gestión y Control Integrados, la gestión del talento humano, la rendición de cuentas y la gestión documental.
16. Liderar y ejecutar estrategias encaminadas al uso, administración, mantenimiento y salvaguarda de los bienes muebles e inmuebles de la Alcaldía Distrital de Santiago de Cali, que estén dentro de su localidad.
17. Los demás que establezca la ley, sean asignadas o delegadas y que correspondan a su naturaleza.
18. Designar a los corregidores de ternas presentadas por la respectiva Junta Administradora Local.
19. Realizar obras de saneamiento básico de escala local en el área rural.
20. Dotar de mobiliario, equipos y de periféricos para la facturación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, destinado a las Juntas Administradoras de Agua o Asociaciones de Usuarios de los Servicios Públicos de Agua Potable y Saneamiento Básico, a nivel rural y de conformidad a los recursos asignados.
21. Identificar, priorizar y remitir al control central, el listado de usuarios para la prestación del servicio público de Extensión Agropecuaria a pequeños y medianos productores, agrícolas, pecuarios, forestales y pesqueros, para mejorar la seguridad alimentaria, la diversidad productiva y la sostenibilidad ambiental del territorio rural en el Distrito Especial.
El proyecto que actualmente discute la Comisión de Plan y Tierras del Concejo de la capital del Valle detalla que los alcaldes locales contarán con el apoyo y la coordinación de los organismos de nivel central y descentralizado de la Administración Distrital.
Este cargo se considera de nivel directivo en grado cuatro (4), por lo que su salario se asignará de acuerdo con la tabla de escala salarial vigente en el Distrito, que equivale aproximadamente a $10.511.400. El pago se imputará a recursos de libre destinación del Distrito.
Contiene las disposiciones generales; con ellas se determina los criterios para la distribución de competencias administrativas de las localidades y busca un mayor grado de eficiencia y eficacia en el ejercicio y la prestación de servicios públicos de las autoridades locales y distritales.
Aquí se dan las pautas para la administración del territorio a partir de la conformación de siete (7) localidades exponiendo cuáles serían sus límites, así como el proceso para su denominación.
En este se detalla la estructura organizacional de las alcaldías locales y las disposiciones especiales contempladas para la localidad 7, donde entrarán en funcionamiento cuatro (4) Áreas rurales especiales de atención.
En este componente está el Modelo de Gestión y Planeación Distrital, que incluye la consolidación del Sistema Distrital de Planeación (SDP), con el que se fortalece el funcionamiento y la articulación de la Administración central con las alcaldías locales. Detalla cuáles serán los instrumentos y las instancias, a nivel distrital, sectorial y local.
Acá se encuentran los Fondos de Desarrollo Local y el presupuesto participativo, donde se presenta el origen de los recursos, las posibilidades de convenios con la Nación, así como demás herramientas e instrumentos relacionados.
Fin de los artículos
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