Cali, noviembre 7 de 2026. Actualizado: viernes, noviembre 6, 2026 23:40
Este jueves, el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca ratificó el fallo del Juzgado 20 Administrativo del Circuito Judicial de Cali que restringe eventos masivos en la Carpa La 50, y protege los derechos e intereses colectivos de los habitantes del barrio El Lido.
De manera textual el documento aclara en la decisión, que “se hace necesario mantener las decisiones adoptadas en sede primigenia, en aras de salvaguardar los derechos colectivos de los habitantes del barrio el Lido, ante las constantes actividades realizadas en La Carpa la 50, la cual no cumple con el esquema de implementación y regularización complejo establecido en el POT”.
En ese sentido, la sentencia ordena a la Carpa de la 50 no adelantar ninguna actividad en la zona y concede el amparo del derecho colectivo al goce de un medio ambiente sano, vulnerado a los habitantes del barrio El Lido por el municipio de Santiago de Cali y la sociedad Eventplus Cali S.A.S.
La disputa empezó en el año 2018, cuando los habitantes presentaron una acción popular contra el Municipio, la SAE y la Carpa 50, administrada por la empresa Event Plus Cali, por el ruido excesivo que causaban los eventos que allí se realizaban.
Según los denunciantes, ante dicha problemática muchos habitantes vendieron sus viviendas.
Foto Alcaldía de Cali
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