Omisión de socorro en salud o cuando la vida está en peligro se sanciona con pena de prisión

Jaime Sierra Delgadillo

El auxilio, la solidaridad y el apoyo para la persona cuya vida o salud se encuentra en peligro debería ser el comportamiento natural de todos, pero la realidad no siempre es esa, para crudo ejemplo lo sucedido a Freddy Rincón quien fue abandonado por los acompañantes que iban en el vehículo al momento del accidente, quienes sin importar su estado de salud y el peligro de muerte, presurosamente se retiraron del sitio de los hechos, dejándolo en total desamparo. Estas personas por lo menos deberán responder por el presunto delito de omisión de socorro.

El Código Penal establece en su ARTÍCULO 131. OMISIÓN DE SOCORRO. El que omitiere, sin justa causa, auxiliar a una persona cuya vida o salud se encontrare en grave peligro, incurrirá en prisión de treinta y dos (32) a setenta y dos (72) meses.

La ley castiga esa falta de amparo, apoyo, auxilio y solidaridad cuando alguien se encuentra en peligro y aplica para cualquier tipo de situación donde se presente el peligro; en tal sentido, con los graves problemas que se presentan en nuestro sistema de salud si un paciente no es atendido en una urgencia vital o no le prestan los servicios adecuados, los operadores de la salud pueden ser sancionados penalmente. Los ejemplos pueden abundar, si el personal de una ambulancia no socorre al enfermo o al accidentado, estando cerca del paciente, pueden verse inmersos en esta sanción penal; es decir, esta disposición aplica para toda la sociedad, los familiares, transeúntes, compañeros de estudio o trabajo, vecinos, enfermeros, médicos, etc., que no brinden amparo o auxilio a quien lo requiere puede ser sancionado con prisión. Por naturaleza humana deberíamos obrar siempre en solidaridad con nuestros semejantes, pero como no es así, la ley penal impone sanción de cárcel a quien no lo haga.

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