Cali, noviembre 8 de 2026. Actualizado: sábado, noviembre 7, 2026 10:49
En las últimas horas, la Alcaldía de Cali expidió el decreto mediante el cual da continuidad a las restricciones y medidas regulatorias en el distrito hasta el próximo 5 de agosto.
Una de las disposiciones que regirá en Cali es la ley seca, que prohíbe el expendio y consumo de bebidas embriagantes, entre la 1:00 a.m. y las 5:00 a.m. de cada día.

Así mismo, se establece el pico y cédula para ingresar a cualquier establecimiento comercial a realizar actividades tales como adquisición y pago de bienes y servicios; compra de cualquier producto al detal y por mayor, servicios bancarios, financieros y notariales; atención al ciudadano en entidades públicas y de prestación de cualquier otro tipo de servicios.
La medida irá de la siguiente manera: los días pares (22, 24, 26, 28 y 30 de julio y 1, 3 y 5 de agosto) pueden acceder a estos servicios los ciudadanos con cédulas terminadas en número par (2, 4, 6, 8 y 0).
Y los días impares (23, 25, 27, 29 y 31 de julio y 2 y 4 de agosto), pueden ingresar quienes tengan documento de identificación terminado en impar (1, 3, 5, 7 y 9).

Es importante mencionar que las personas que acrediten el esquema completo de vacunación contra el Covid-19 quedarán exentas del pico y cédula.
Con respecto al aforo, los establecimientos de comercio y demás recintos en los que se desarrollen las actividades comerciales, laborales y educativas, deberán garantizar el distanciamiento físico de mínimo un metro de distancia entre las personas que se encuentren en el lugar o entorno.
En cuanto al aforo en las instalaciones de centros comerciales, grandes superficies, supermercados, locales comerciales y gastronómicos, este no podrá superar el 50%.
El decreto reitera que se deben cumplir las medidas de bioseguridad como el uso obligatorio de tapabocas, el distanciamiento individual responsable, el distanciamiento físico y el lavado constante de manos.
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