Cali, noviembre 7 de 2026. Actualizado: sábado, noviembre 7, 2026 10:49
Los usuarios que tenían como plazo máximo los meses de julio y agosto para programar su Revisión Periódica deben hacerlo de forma inmediata, aunque su plazo máximo se extendió hasta el 30 de septiembre y 31 de octubre respectivamente, según la Resolución 154 emitida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG.
En tal sentido, Gases de Occidente GdO, hace un llamado a todos los usuarios de gas natural que tenían como plazo máximo los meses de julio y agosto, para que realicen de forma inmediata su Revisión Periódica, de lo contrario, a partir del 1 de octubre y 1 de noviembre de 2020, respectivamente, les será suspendido el servicio de gas natural para las instalaciones internas que no cuenten con el certificado de conformidad.
El personal técnico de GdO, Gases de Occidente y sus firmas contratistas atenderán las solicitudes cumpliendo con todos los protocolos de bioseguridad.
Los usuarios de gas natural podrán consultar los organismos de inspección acreditados para realizar la Revisión Periódica de la instalación interna de gas a través de la página web del Organismo Nacional de Acreditación de Colombia, ONAC, www.onac.org.co o www.gdo.com.co y programarla en la página web de Gases de Occidente o través del correo electrónico inquietudes@gdo.com.co
Según GdO, de no realizar el proceso de Revisión Periódica para obtener el certificado de conformidad, se deberá suspender el servicio de gas natural y el usuario deberá pagar el valor de la reconexión o reinstalación. De acuerdo con la ley, esta suspensión se llevará a cabo faltando 5 (cinco) días calendario para el vencimiento del plazo máximo.
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