Wilbur y Orville Wright en octubre 5 de 1905 alcanzaron un nuevo sueño para la humanidad, lograron que una máquina más pesada que el aire realizara la hazaña de volar por 38 minutos.
Ahora cuando transcurrieron ciento doce años, justamente el 4 de octubre me topé en casa con el mortificante zumbido que produce el motor de un dron.
Lo curioso era que volaba a las 12 y 25 minutos de la madrugada, salí al balcón y observé el bullicioso instrumento blanco con luces verdes que inquietante volaba sobre el techo de nuestras casas, creo que su operador remoto debió verme con su cámara pues pasó de un vuelo sostenido a uno acelerado y desapareció.
Cómo me pareció una violación a la intimidad de todos los vecinos me puse en la tarea de averiguar las regulaciones existentes.
La circular reglamentaria 4.25.8.2 expedida en julio del 2015 por la Aeronáutica Civil establece las restricciones para la operación de aeronaves pilotadas a distancia y entre varias limitaciones tenemos: la prohibición de los vuelos nocturnos, además de no permitir volar sobre áreas congestionadas, edificaciones o directamente sobre público o aglomeraciones de personas, de igual manera sus operadores deben recibir entrenamiento por 40 horas en una institución acreditada.
En Colombia el respeto por las normas depende de la buena voluntad de los ciudadanos más que del control oficial, recomiendo a sus tenedores a evitar operaciones temerarias que conllevan a riesgos innecesarios y menos a volar de noche. Aun así requiero a las autoridades para controlar la actividad y no exponer a vecinos y conciudadanos a riesgos indeterminados.
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